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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #645515  por mica2903
 
buenos dias mi consulta es la siguiente tengo entendido que se puede tener dos trabajos en blanco, siempre y cuando no se superpongan los horarios, mi pregunta es que pasan con los aportes jubilatorios y que tiene q hacer el cliente con la obra social y la asignacion familiar,si alguien me puede orientar en esos dos aspectos desde ya muchas gracias
 #645702  por DraSolcito
 
Cada empleador aporta lo suyo sobre el salario que paga. No se "comparten" cargas sociales. Eventualmente, a pedido del trabajador, se podrán unificar los aportes de obra social para que, por ejemplo, pueda acceder a un mejor plan o a una prepaga o algo así. Pero en líneas generales es igual que si tuviera un solo trabajo.
 #646016  por mica2903
 
entonces si entiendo bien no es q a los efectos de contar los años de serv. un año de trabajado en los dos, es solo un año de aporte pero se incrementa el monto nomas y cobraria una sola asignacion familiar muchas gracias por la respuesta
 #646325  por DraSolcito
 
Exacto. Es lo mismo que si se combinara un trabajo en relación de dependencia con un autónomo, a los fines de los aportes. Cuenta como un año, pero aumenta el monto.

En cuanto a la obra social, me olvidé antes de comer que el trámite para unificar aportes lo tiene que hacer el trabajador y notificar él a los empleadores a dónde hacer dichos aportes, si es que desreguló la obra social.