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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #63258  por marí­alore
 
Estimados foristas "amparistas" :D , si pueden ayudarme: recién consulto la página de Anses y me doy con un beneficio suspendido (ya lo esperaba) pasa que ahora me surge la duda del plazo, ¿desde cuándo lo cuento? ¿desde que lo veo en la pantalla de Anses? ¿desde que vaya mi cliente al banco y no le paguen? CUALQUIER OPINIÓN SIRVE!!!!!!! :wink:
 #63362  por paolamdq
 
maríalore escribió:Estimados foristas "amparistas" :D , si pueden ayudarme: recién consulto la página de Anses y me doy con un beneficio suspendido (ya lo esperaba) pasa que ahora me surge la duda del plazo, ¿desde cuándo lo cuento? ¿desde que lo veo en la pantalla de Anses? ¿desde que vaya mi cliente al banco y no le paguen? CUALQUIER OPINIÓN SIRVE!!!!!!! :wink:
Marialore: porqué motivo le suspendieron el beneficio?? es por una pensionada??

 #63448  por marí­alore
 
"DETALLE" Sí la Sra. es pensionada, por eso ya esperaba que le suspendan el beneficio, pasa que me entró la duda del momento a paratir del cual comienzo a contar el plazo.... todavía no le llegó ninguna resolución que le notifique que su pago está suspendido, y la fecha de cobro que tiene es 19/11, por eso no sé si esperar a que vaya al banco y le digan que en su cuenta hay $0, o si presentar el amparo con una impresión de la pantalla de Anses que dice "BENEFICIO CON PAGO SUSPENDIDO".... GRACIAS.-

 #63451  por paolamdq
 
En tu caso se puede presentar antes el amparo... porque en definitiva ya tenes la resolución denegatoria... yo presente una jaap de una pensionada y me salio resuelta en forma favorable, asi que en mi caso no me queda otro remedio que esperar la denegatoria al momento del cobro en el banco.. suerte.. Pao

 #63541  por marí­alore
 
ALGUNA OTRA OPINIÓN?? POR FAVOR.... quiero saber si esperar hasta el día del cobro, porque temo que después me digan que es extemporáneo y que podía enterarme vía internet.... :cry:

 #64560  por lorzabeth
 
paolamdq escribió:En tu caso se puede presentar antes el amparo... porque en definitiva ya tenes la resolución denegatoria... yo presente una jaap de una pensionada y me salio resuelta en forma favorable, asi que en mi caso no me queda otro remedio que esperar la denegatoria al momento del cobro en el banco.. suerte.. Pao
Hola Pao!!
Mi nombre es Lorena..
Te cuento que tengo varias señoras que les llego la carta para el cobro pero como son pensionadas cuando fueron al banco estaban en cero..
Vos me aconsejas que presente amparo directamente o agota via administrativa??
Es decir presentando nota ante el anses..
Tendras para facilitarme algun modelo ya sea de la nota o del amparo???
Perdona el atrevimiento y el abuso de confianza!!!!
Saludossss
LORE

 #64572  por VALESANO
 
TENGO DOS CASOS SIMILARES. Uno de ellos se resolverá con el pago al contado de la Moratoria (primero pago las cuotas vencidas) y luego con una Multinota en Afip pido la cancelación anticipada del Sicam). En el otro la deuda es muy grande y no pueden pagarla: hay que presentar primero reconsideración ante Anses adjuntando impresion de ¿Donde Cobro? donde dice "Beneficio con Pago Suspendido" ??? y luego de transcurridos ( ¿15 días?) presentar Amparo ?? Qué opinan Uds.
Agradeceré sugerencias y experiencias. By

 #64589  por Nicolas
 
Estimados foristas, creo que no la toma de conocimiento por la web no implica conocimiento fehaciente desde que no te pide que ingreses datos personales por lo qye hasta por error alguien podría entrar y tomar conocimiento de que tu beneficio esta suspendido. Por ello, creo que la notifcación fehaciente puede ser a través del banco cuando le informen que tiene el beneficio suspendido o $ 0 y sino pidiendo un rub sellado y firmado por el empleado del anses, a partir de cualquiera de esos momentos se cuenta el plazo, o bien espera que algun dia anses te notifique de la aplicacion de la resol 884. tengo una jaap otorgada en abril y pago suspendido y hasta la fecha no me han requerido la cancelaciñon de la moratoria ni me han dado de baja el beneficio.
En el foro hay muchos modelos de amparos y accion meramente declarativa, algunos con resultado favorable, no creo que valga la pena agotar la via administrativa ya que el anses seguira aplicando la 884.