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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #645390  por PALITO3669
 
Estimados: Es una pregunta de principiante sin experiencia; les consulto un proveido:

Demando en prov. a una SRL, (El trabajador acompaña como prueba recibos de haberes de la firma) y el juzgado me saca un proveído que dice ...
"Por presentado a XXXXXX por derecho propio y por constituído el domicilio procesal en los Estrados del Tribunal? (por que en los estrados?).

Luego dice: "INTIMASE al presetante para que dentro de teercero día de notificado indique concretamente contra quien pretende dirigir su demanda ,debiendo en su caso practicar las diligencias preliminares previstas en el art. 323 del CPCC- bajo apercibimiento de tener por incoada la acción contra XXX SRL únicamente.NOTIFIQUESE.

Como sigo, si yo sé positivamente que la empresa se llama xxx srl? o tengo que demandar a los socios?

Gracias por sus respuestas
 #645396  por paolaelizabeth
 
hola repecto al domicilio en los estrados en el juzgado es porque vos como letrado no constituiste domicilio dentro del radio del juzgado. Ojo porq te van a tener por notificado todas las providencias.
Respecto a lo tu otra preguntan te dicen si vas a ampliar, o si vas a dirigir tu accion contra la SRL, acordate que para fundar la ampliacion y hacer caer el velo de la persona juridica debe existir el presupuesto de fraude laboral, no se las peculiaridades del caso en particular.
saludos
 #645503  por agentil
 
PALITO3669 escribió:Estimados: Es una pregunta de principiante sin experiencia; les consulto un proveido:

Demando en prov. a una SRL, (El trabajador acompaña como prueba recibos de haberes de la firma) y el juzgado me saca un proveído que dice ...
"Por presentado a XXXXXX por derecho propio y por constituído el domicilio procesal en los Estrados del Tribunal? (por que en los estrados?). FIJATE QUE A VECES PASA QUE CONSTITUIS DOMICILIO PERO NO ENTRA EN EL RADIO DE LA JURISDICCIÓN Y AHÍ TE CONSIDERAN NOTIFICADO MINISTERIO LEGIS, OJO CON ESO.

Luego dice: "INTIMASE al presetante para que dentro de teercero día de notificado indique concretamente contra quien pretende dirigir su demanda ,debiendo en su caso practicar las diligencias preliminares previstas en el art. 323 del CPCC- bajo apercibimiento de tener por incoada la acción contra XXX SRL únicamente.NOTIFIQUESE. FIJATE SI ESTÁ BIEN EL NOMBRE DE LA SOCIEDAD Y SU DOMICILIO LEGAL, QUZÁS POR ESO ES QUE TE DESPACHARON ASÍ.


Como sigo, si yo sé positivamente que la empresa se llama xxx srl? o tengo que demandar a los socios?

Gracias por sus respuestas
 #645959  por PALITO3669
 
Es decir, si yo sé positivamente que se trata de una SRL bien constituida y sé el domicilio legal puedo demandar tranquilamente a la SRL sin necesidad de hacerlo contra sus dueños particularemente?
Gracias
 #645967  por agentil
 
PALITO3669 escribió:Es decir, si yo sé positivamente que se trata de una SRL bien constituida y sé el domicilio legal puedo demandar tranquilamente a la SRL sin necesidad de hacerlo contra sus dueños particularemente?
Gracias
CLARO!! A LOS SOCIOS SE LOS DEMANDA EN CIERTOS SUPUESTOS, NO SIEMPRE. O SEA, SI HAY TRABAJO EN NEGRO DE ACUERDO A LA JURISPRUDENCIA VIGENTE VA CONTRA EL GERENTE O DIRECTOR, ENTENDES? SALUDOS!!