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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #646054  por barraquense
 
Hola colegas!

Les cuento el siguiente caso y los que puedan, me contestan...

Empleado en relación de dependencia como empleado de depósito de una librería (de las grandes!). Durante un año le abonan de manera mensual y habitual, un rubro llamado "gratificación por ventas" por 200 pesos, cuando en realidad no es su tarea, sino que fue una especie de aumento encubierto de su salario (esporádicamente ayudaba a algún cliente perdido a encontrar un libro, pero nada más).

Ahora bien, luego de cobrarlo mensual y habitualmente por un año, cambio de autoridades mediante, no le pagan más esta "gratificación por ventas", negándose a seguir pagándosela. A no ser que alguien me diga lo contrario, el reclamo por esta diferencia salarial, es súper procedente, de acuerdo al plenario Piñol Cristóbal A. c/ Genovesi S.A. del 13/09/56 que dice:

"Las gratificaciones otorgadas en forma habitual dan derecho, en principio, a reclamar su pago en períodos sucesivos y, por consiguiente, autorizan a recurrir a la vía judicial para exigirlas compulsivamente; salvo que se acredite, por quien lo afirma, que reconocieron como causa servicios extraordinarios o que no se hayan cumplido las condiciones sobre cuya base se liquidaron en otras oportunidades."

Ahora bien, mi pregunta va más allá: una vez concluido el intercambio telegráfico entre las partes, da que el empleado se considere despedido por esta causal? ¿O es preferible iniciar un reclamo judicial por diferencia de salarios aun manteniendo el vínculo laboral?

Mi temor, es que estuve leyendo y leyendo, y muchos jueces (a mi criterio con razón), consideran apresurado considerarse despedido cuando el monto reclamado es exiguo, (he visto 300 pesos, 150, montos chicos digamos), y existiendo otras maneras de reclamar preservando el vínculo laboral (solo por diferencias salariales). Mi reclamo sería por $1700 más o menos... Pero como todo es tan a interpretación judicial...

No es que quiera considerarlo despedido porque sí, pero me gustaría pisar un poquito más firme, esperando sus valiosas opiniones y/o aportes...

Gracias y saludos!

Mariano
 #646281  por GU
 
Y... es arriesgado. Yo buscaria mas causales.

Salutes!

Pd: Dia raro... segunda vez que no aconsejo considerarse despedido...
 #646352  por DAL
 
Jajajajaja.
Si, tal cual, cuando el monto es exiguo, los jueces no dan los fallos a favor.- Se trta de reclamar por los derechos, pero no considerarse despedido por pavadas.
Verificá si este rubro se sacó, que decís que sí, pero fijate si no se incluyo su importe en otro rubro o en el basico. Porque ahí te quedás sin injuria seguro.