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  • cesion de derechos

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 #645963  por Dramaria
 
Hola! queria saber si hay alguna manera de instrumentar un boleto o cesion privado
en donde 2 herederos le venden o ceden su parte a el otro heredero, antes de iniciar la sucesion?¿
o solo se puede hacer por escritura publica?
Seria valido? hay que sellarlo o certificar firmas?¿
Gracias
 #645990  por Romina34
 
solo x escritura pública puede ser instrumentada la cesión de derechos.
saludos,
 #646021  por Mariaola
 
Coincido, sólo por escritura pública.-
 #646634  por Dramaria
 
Y un boleto de compraventa no seria valido entre herederos antes de iniciar la sucesión?
 #646953  por LUJI
 
punto uno: la cesión no es prohibida antes dela sucesion.... si están prohibidos los pactos sobre herencia futura, o sea los hijos no pueden cederse sus derechos sobre un bien del padre que aun no falleció. Ahora bien, fallecido el causante, se entiende que la apertura del sucesorio opera desde la muerte y no desde el inicio del expte.

Pero para ser más "prolijos", por asi decirlo, te recomiendo que inicies la sucesion hasta declaratoria. Cuando la tengas denuncias el bien y la cesion de derechos hereditarios (onerosa o gratuita) la haces por escrito en el expte. y le ahorras a tus clientes el costo del escribano.

Saludos