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  • prescripcion de deuda

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Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #646508  por maiqui79
 
Hola foristas, tengo una duda con una deuda que contrajo un cliente cuando saco un credito personal por medio de una tarjeta de credito en musimundo. Esta deuda es de 2007. Segun el art 50 de la 24240, cualquier accion judicial prescribe a los 3 años. Esta deuda que hice referencia encuadraria en este articulo. Desde ya muchas gracias
 #646867  por Alberto Auní©
 
Esta respuesta se basa en mi trabajo, relacionado con informes similares y consultas sobre situaciones similares.

Si es tarjeta sola (no con cuenta corriente bancaria) la acción prescribe a los tres años. Pero si el deudor fue puesto en mora por carta documento el plazo se congela un año cuando ésta se envió.
Así que serían entonces cuatro años si hubo CD.
Ya no es ejecutivo (un año) sino común.


Alberto Auné
 #646923  por maiqui79
 
Muchas gracias Alberto por tu respuesta. TE comento, la deuda es solo de tarjeta sin cuenta corriente. No hubo ninguna intimacion fehaciente solo llamados tipicos de estudio juridico dedicado a recupero de deudas q compran a los bancos. Lo q te queria consultar es si ese plazo de 3 años q hablas es el de la 24240 o esta plasmado en otra norma. Desde ya gracias
 #646997  por Alberto Auní©
 
El plazo está en la Ley de Tarjetas de Crédito 25.065 (si la ponés en google está completa):


ARTICULO 47. — De la prescripción. Las acciones de la presente ley prescriben:

a) Al año, la acción ejecutiva.

b) A los tres (3) años, las acciones ordinarias.
 #647051  por maiqui79
 
Alberto miles de gracias por la ayuda y la informacion. Un saludo grande y a tu disposicion

Bernardo