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  • FALLECE MI CLIENTE

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #647009  por Oliviasoy
 
NO SE SI TENGO UN DIVORCIO O EL GUION DE UNA PELI, EL TEMA ES ASI, NOTIFICAN A MI CLIENTE LA DEMANDA DE DIVORCIO POR INJURIAS GRAVES, CONTESTO Y RECONVENGO, AMBAS PARTES CONSENTIMOS QUE HACE TRES ANIOS QUE ESTAN SEPARADOS DE HECHO. EL ULTIMO PROVEIDO : DEVUELTA QUE SEA LA CEDULA SE PROVEERA (TRAMITA EN MORON) ES DECIR LA ACTORA NO ACREDITO LA NOTIFICACION Y POR ELLO NO PROVEEN MI RECON. IGUAL ME PASA EN EL ALIMENTOS MISMA SITUACION MISMO PROVEIDO. MI CLIENTE FALLECE EL DIA DEL CENSO, ACABO DE ENTERARME, UN COLEGA TIENE LA SUCESION, Y LAS HEREDERAS SENCILLAMENTE ME COLGARON, PERO LA CONSULTA ES CONCEPTUAL, IMAGINEN QUE QUIERO CONTINUAR EL JUICIO, YA QUE LA OBTENCION DE LA SENTENCIA DE DIVORCIO TIENE GRAN INFLUENCIA SOBRE LA SUERTE DEL SUCESORIO, PUES HAY UN BIEN PROPIO DE MI CLIENTE QUE EN CASO DE SER DECLARADO DIVORCIADO E INOCENTE DEL DIVORCIO, ESTARIA DEJANDO AFUERA DE LA HERENCIA A LA CONYUGE, COSA QUE NO SUCEDE SI ES VIUDA. POR OTRO LADO ESTA NO TENDRIA LOS DERECHOS DE ALIMENTOS CONTRA LA SUCESION NI DERECHO A PENSION. YA QUE RECONVENGO POR INJURIAS GRAVES. LA PREGUNTA ES DE ACUERDO CON MI CONSULTA EN EL TRIBUNAL, NO SE PUEDE CONTINUAR CON EL DIVORCIO, COSA QUE NO COMPARTO,LA VOLUNTAD DE MI CLIENTE FUE CLARA, RECONVINO, ASI QUE SI ALGUNO TIENE LA RESPUESTA EN FORMA DE ARTICULO DEL COD CIVIL O PROCESAL, AGRADEZCO DESDE YA
 #647013  por Tiburcio
 
Si el cliente murió en ese instante todos sus derechos y obligaciones pasan a ser de sus herederos. Si las hijas no quieren litigar con la madre es tema ahora de ellas.
Por lo tanto mi consejo es que pidas regulación de honorarios.
 #647026  por Oliviasoy
 
SI, SI, AGRADEZCO TU CONSEJO, PERO NO TENGO DUDAS SOBRE ESO, ESTOY LLENDO MAS ALLA, TE REPITO ES CONCEPTUAL, NO COMPARTO LA POSTURA DEL JUZGADO, Y QUISIERA ENCONTRAR ELEMENTOS JURIDICOS QUE AVALEN MI POSTURA, QUIZA ALGUIEN ME FACILITE LA ETAPA INVESTIGATIVA, NO PARA ESTE CASO, EN EL QUE YA ME COLGARON, HUVO UN COLEGA MUY VELOZ. LO QUE YO QUIERO ES PENSAR QUE HUBIERA PASADO SI LOS HEREDEROS QUISIERAN DEJAR AFUERA DEL SUCESORIO DEL BIEN PROPIO DE SU PAPA, A LA SENORA QUE NO ES SU MADRE Y
 #647042  por Paris
 
Olivia, fijate el juego armónico de los arts.43 y 53 inciso 5 del CPCC que dicen:
art.43. MUERTE O INCAPACIDAD. Cuando la parte que actuare personalmente falleciere o se tronare incapaz, comprobado el hecho, el juez o el tribunal suspenderá la tramitación y citará a los herederos o al representante legal en la forma y bajo el apercibimiento dispuesto en el art.53 inc.5.
Art.53 inc.5. CESACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN: La representación de los apoderados cesará:
5) Por muerte o incapacidad del poderdante. En tales casos, el apoderado continuará ejerciendo su personría hasta que los herederos o representante legal tomen la intervención que corresponda en el proceso. Mientras tanto, comprobado el deceso o la incapacidad, el juez señalará un plazo para que los interesados concurran a estar a derecho, citándolos directamente si se conocieren sus doimicilios, o por edictos durante dos días consecutivos, si no fuesen conocidos, bajo apercibimento de continuar el juicio en rebeldía en el primer caso y de nombrarles defensor en el segundo.
Cuando el deceso o la incapacidad hubieren llegado a cnocimiento del mandatario, éste deberá hacerlo presente al juez o tribunal dentro del plazo de diez días, bajo pena de perder el derecho a cobrar los honorarios que se devengaren con posterioridad. En la misma sanción incurrirá el mandatario que omita denunciar el nombre y domicilio de los herederos o del representante legal, si los conociere.
Suerte! *suerte*
 #647061  por Oliviasoy
 
pARIS, GRACIAS , PERO MI CONSULTA VA MAS ALLA, IMAGINEN QUE LOS HEREDEROS SE PRESENTAN DICEN QUE QUIEREN CONTINUAR CON EL JUICIO DE DIVORCIO, PORQUE ASI LO INDICA LA VOLUNTAD DE SU PADRE AL CONTESTAR DEMANDA, ASI QUE PEDIMOS QUE SE ABRA A PRUEBA, SOLO QUE EL TRIBUNAL YA ME ADVIRTIO QUE SU CRITERIO ES QUE LA ACCION DE DIVORCIO ES PERSONALISIMA Y POR ELLO LOS HEREDEROS NO PODRIAN CONTINUARLA. YO QUIERO PELEAR ESE CRITERIO (REPITO SOLO ENSAYO PARA EL FUTURO) PORQUE LAS CONSECUENCIAS DE CONSIDERAR A LA CONYUGE VIUDA O DIVORCIADA CULPABLE ES ABSOLUTAMENTE DISTINTA. SALUDOS Y GRACIAS DE TODOS MODOS
 #647131  por Maylu
 
Oliviasoy escribió:pARIS, GRACIAS , PERO MI CONSULTA VA MAS ALLA, IMAGINEN QUE LOS HEREDEROS SE PRESENTAN DICEN QUE QUIEREN CONTINUAR CON EL JUICIO DE DIVORCIO, PORQUE ASI LO INDICA LA VOLUNTAD DE SU PADRE AL CONTESTAR DEMANDA, ASI QUE PEDIMOS QUE SE ABRA A PRUEBA, SOLO QUE EL TRIBUNAL YA ME ADVIRTIO QUE SU CRITERIO ES QUE LA ACCION DE DIVORCIO ES PERSONALISIMA Y POR ELLO LOS HEREDEROS NO PODRIAN CONTINUARLA. YO QUIERO PELEAR ESE CRITERIO (REPITO SOLO ENSAYO PARA EL FUTURO) PORQUE LAS CONSECUENCIAS DE CONSIDERAR A LA CONYUGE VIUDA O DIVORCIADA CULPABLE ES ABSOLUTAMENTE DISTINTA. SALUDOS Y GRACIAS DE TODOS MODOS
Se entiende tu planteo, pero coincido con la respuesta del juzgado, máxime cuando aún no se ha llegado a la sentencia.
Slds.
 #647630  por ABentrerios
 
Aunque se haya iniciado juicio de divorcio, ademas de la etapa procesal en la que se encontraba, la muerte de uno de los cónyuges disuelve el vínculo matrimonial..entiendo tu indiganación pero es como te dijeron en el Juzgado es una acción personalisima y. considero no hay manera de continuar con el mismo, solo solicitando regulación de Honorarios.
Saludos!
 #647642  por Carmen Susana
 
No puedes continuar con el divorcio, cuando una de las partes muerte en el trámite de un divorcio queda un viudo o una viuda.-
 #647644  por Carmen Susana
 
Igual queda fuera de la herencia del bien propio la cónyuge o el cónyuge si acreditas que la separación de hecho fue por culpa del causante, está en el Código Civil.-