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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #647292  por Apostole
 
Como bien dicen, mejor no hablar de lo uqe uno no sabe, y de laboral no se absolutamente nada mas quelo basico.

Consultas :

1) Una persona se casa el dia 10 de diciembre (viernes).
Ese dia es parte de la licencia o es falta justificada?

2) la licencia de 10 dias por matrimonio, es obligatoria desde el dia del casamiento o uno podria tomarla desde el dia 13 por ej?
 #647315  por Romina34
 
son 10 días corridos, comprende días hábiles e inhábiles. obvio comienza desde el día de la celebración del matrimonio.
saludos,
 #647381  por Apostole
 
Romina eso es lo que yo supuse,pero buscando las comunicaciones veo algunas donde notifican tomarse la licencia en un dia distinto al matrimonio.

De hecho mucha gente hace "civil " un dia, fiesta varios dias despues, y la luna de miel posterior a eso, esa era la duda, si se puede tomar esa licencia y que no comience desde el dia del dcivil sino desde otro dia indicado.

Y tambien me queda la duda del dia puntual del casamiento *asi como el de los analisis prenupciales"
Gracias!, sigo esperando comentarios
 #647463  por Romina34
 
si la licencia la toman diferida, por ejemplo, 2 meses despues del matrimonio, entonces, tal licencia comenzara el día indicado por el empleado como inicio de la misma. ahora el día del civil entiendo que entra dentro de esa licencia o bien se computará como día de vacaciones, si te fijas el art. 158 LCT que regula las licencias en ningún lado establece que para el civil es un día de licencia, para la fiesta otro y para la licencia x matrimonio otro distinto. idem para los análisis prenupciales.
salvo que el CCT aplicabe establezca algo distinto.
Saludos,