Hola como estan? Les hago una pregunta estoy haciendo un juicio de divorcio con exclusion de hogar el demandado no se presento a la audiencia 360 y de absolucion de posiciones fue notificado a la casa de la familia por aplicacion del Art. 93 C. Civ porque vivia en un hotel y en casa de distintos amigos en fin nunca se sabia dde vivia y tampoco trabaja. Dentro de la prueba ofrecida hay testigos es necesario q se los llame a los testigos o ya se puede pedir se dicte sentencia? gracias!Adri