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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #647963  por Aldeberan
 
Chicos. vengo de iniciar en Turdera. Me dijeron los iniciadores que SDM salen todas a verificar: 100% de los casos. Esto es desde los primero dias d enoviembre. La mia, obviamente SDM, tambien salio a verificar (en mi caso era real). Les aviso para que se cuiden. Ademas me comentaron que los inspectores estan estrictos, vienen muchas rebotadas y le preguntan a los vecinos del dador (hacen un ambiental) y puede que directamente ni le pregunten a dador de trabajo. O le preguntan y ademas le piden dos testigos. Saludos!!!
 #648262  por sansil2010
 
Hola!!! yo inicié 3 en Hurlimgham, los primeros días de noviembre, en una de las cuales me puse como empleadorta y ya salieron las tres sin verificación.
 #648393  por dramamita
 
asi es, en mi UDAI las de la primera semana de noviembre salieron acordadas en 5 o 6 dias sin verificacion............ahora las que presente en la segunda semana, todas a verificacion, me dijo el iniciador que desde el 9/11 iban todassssssssssss
 #648421  por mmmm
 
las mias tambien a verificacion, el otro dia me acordaba de lo que le paso a eva, viene la hija de una sra, q hace rato le di los formularios, me pregunta donde tiene que firmar la hermana, le pregunto tu hermana es la hija de tu mama? (nunca se sabe) me dice que si, pues entonces no puede firmar, yo le dije que no tenian que ser parientes¡¡¡ a pero como son de distinto apellido¡¡¡ hay mi Dios¡¡¡
 #648496  por arandu
 
Termino de hablar con un verificador.
Me dijo que a partir de noviembre todas seran verificadas. Que en general, cuano la realizan con el empleador, todo bien. Sin embargo, donde salta y se descubre, es cuando realizan la ambiental. Tienen que cumplimentar el formulario con dos testigos. Para eso buscan a dos vecinos de la cuadra. No todos estan instruidos y hay algun vecino que no se lleva bien con la empleadoora, ni hablar con la supuesta empleada que nunca trabajó alli. No es facil tener conversado a todas las personas de la cuadra. Entonces deniegan por la falta de prestacion del servicio.

Entonces mis queridos colegas y foristas, les sugiero que empecemos a buscar y armar los argumentos a fin de rebatir las denegatorias.
Ya sea por Recurso de Reconsideracion ante la misma Udai, por Revision ante la Cars o Amparo en el juzgado Federal. Cada uno sabrá.

Yo sugiero que empecemos por analizar,

1.¿CUAL ES LA NATURALEZA JURIDICA DEL SERVICIO DOMESTICO? ¿RELACION DE DEPENDENCIA, AUTONOMO?
YO CREO QUE ES HIBRIDO

2.¿ Tiene Anses facultades para controlar la prestacion real del servicio?

3. ¿Y la Res. 980/-524, que disponen: basta que esté en el SIPA?

4. ¿Como es posible que se hayan jubilado miles de costureras y albañiles sin que Anses haya comprobado la prestacion real del servicio?

5. ¿Hay una configuracion de violacion de art 16 igualdad ante la ley?

Les dejo, para que lo debatamos y entre todos en el foro, colaboremos para que sigamos jubilando a las personas.
Atte. Arandu del portal
 #648529  por fito657
 
Hola arandu, por fin el planteamiento juridico que se debe hacer, muy buenas tus preguntas. PRIMERO HAY QUE DECIR QUE ESTA NO ES LA VERIFICACIÓN TRADICIONAL DE ANSES DONDE NO HAY REGISTROS DE APORTES Y SI DENUNCIA DE TRABAJO; por el contrario aquí figura el registro, y si empezamos a averiguar si trabajó o no, podemos seguir especulando si en realidad hacía otra taréa o si existía una relación intima con el dador. ESTO DA LUGAR PARA TODO.

Ni en los regímenes mas totalitarios y feroces que tenga conocimiento la humanidad esto se realizó. A todos nosotros todavía no nos cayó la ficha de la gravedad del caso mas allá si podemos jubilar a una u otra persona. Esto es superponer a la objetividad de un registro, el parecer circunstancial de personas ajenas a la vida de otra es gravisimo. Pobrecitos los que pagaron en el año 2000 quedar en manos de los chismosos del barrio. Con el mismo criterio de anses rompamos las escrituras lo que vale es lo que dice el diarero de la esquina.
 #648531  por noelin
 
YO PIENSO APELAR TODAS LAS Q ME DENIEGUEN. LA ORBITA PRIVADA DE UN SDM ES INVIOLABLE E IMPENETRABLE. NO PUEDEN DENEGAR LO Q ES SDM PQ EL MONOTRIBUTO Y MAS SI ES SD NO REQUIERE PRUEBAS. POR UNAS CIRCULARES DE BAJA ESTOFA (OTRO DIRIA P.......S) NO PUEDEN ENERVAR UN DERECHO, Y MAS SI SE INVOCA EL ART. 16 DE LA CN. BUENO, PARA LO Q SIRVIO HACERLO CON EL CASO LEYVA!!! ALGUNO SABE EL NOMBRE DE LA MUJER Q VIENE A PLANCHAR A DOS CASAS DE LA DE UNO???
 #648568  por lakabra
 
Hola, a colación de lo que están discutiendo:

La Anses, por los beneficios ya otorgados y/o por los trámites iniciados con SDM con dador de trabajo falso (ej. la cuñada del abogado o un conocido de la clienta) no puede hacer una denuncia por estafa procesal?.

Les pregunto, no para preocuparlos, sino para confirmar que no existe riesgo de denuncia penal (de última esto es lo más importante para nosotros que somos los apoderados del titular), más allá del otrogamiento del beneficio o no.

Saludos.
 #648575  por fito657
 
No.En sdm no hay que darse de alta como empleador ni como trabajador, por eso es un regimen simplificado para que los mismos trabajadores se hagan lo aportes. Esa fue la finalidad. La prueba excluyente del trabajo es el aporte (en este caso) todo lo demás es subjetivo e inconducente; en cuanto al dador si yo trabajé para él aunque el lo niegue (obviamente porque no quiere someterse a un posible y eventual juicio laboral por x causas) es otra historia. Y en cuanto al dador que firma los recibos si es real o nó entra en la esfera privativa de cada uno. El aporte está. Yo siendo dador le pago a una persona aunque no haya venido a trabajar. Es una cuestión mía. No le interesa nadie y nadie tiene derecho para decirme que no le pague. Es algo de sentido común.
 #648577  por arielruiz86
 
De ahora en mas esto va a dar mucho que hablar, pero coincido plenamente que va haber que buscar la amyor cantidad de argumentos juridicos, legales y hasta morales para revertir este proceder subjetivo del anses.
 #648583  por fito657
 
Ariel, lo peor es que cuando la gente se de cuenta lo peligroso que es contratar personal domestico poque te viene un inquisidor público a hacerte un interrogatorio por ser "sospechoso" de algo, se va a limitar la cantidad de trabajo para esta gente. Creo que en poco tiempo van a ser todos monotributistas ya que habría certeza de que lo aportado sirva para su jubilación futura.
 #648594  por arielruiz86
 
Y si, se esta desvirtuando progresivamente este regimen que en principio se trataba justamente de eso, un regimen simplificado, Yo creo que la solucion es tan simple como justa para los que realmente trabajan como empleadas domesticas: no permitir el pago de SDM en forma extemporanea, o la sumo permitirlo pero solo con un mes de atraso, no entiendo porque la circular de SDM permite tan libremente pagar fuera de termino, con solo redactar "que no se considerara a los fines previsionales el mes pagado fuera de termino" basta. Y aumentar un poco mas el valor a pagar para los casos que encuadre como trabajadores independientes, porque de echo puede que no trabajen realmente como empleado domestico pero hacen un aporte minimo para acceder a una jubilacion o bien eliminar esta categoria de aportantes independientes para que se inscriban como monotributistas. Este modelo hibrido y de excepcion debiera ser muy cuidadosa su redaccion y aplicacion para que no se siga desvirtuando. Algo van a tener que cambiar con respecto a este regimen, porque no puede ser que por un lado dejan abierta la posibilidad de pagar todo junto fuera de termino para acceder al beneficio y por otro lado la posibilidad real y concreta del rechazo de la jubilacion por una verificacion negativa. De mas esta decir que este es un regimen muy informal y sencillo como para que el anses se aboque a realizar verificaciones tan esctrictas y concluyentes. Todo esto es para mi una seria y peligrosa contradiccion que aparte esta jugando con la plata y esperanza que tienen los mayores de acceder al beneficio de la jubilacion.