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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #648991  por melanipower
 
hola me vino una clienta para comunicarle a su empleador que se encuentra embarazada, el tema es que ella se rige por cct de los plasticos (CCT Nº 419/05) MI pregunta es la siguiente este convenio se refiere a la maternidad en su art. 31, que a su vez refiere a la ley 18.107 art 35,tanto uno como el otro no especifican exactamente los derechos de la trabajadora embarazada,como lo hace claramente el art.177 LCT. el escrito lo hago por el convenio o me refiero al 177 de la LCT.?Porque tambiem puedo invocar las leyes complementarias 21.824.y ley 25.790.que me dan un panorama mas amplio sobre una trabajadora que esta embarazada.Desde ya estoy muy agradecida si alguien podria ayudarme con mis dudas.
 #649056  por tomasarce
 
los convenios no pueden ser inferiores en derechos a las leyes en si, solo alcanza con notificar al empleador por medio fehaciente, con tiempo de embarazo y posible fecha de parto, mejor colacionado.
 #649197  por SilvanaZuf
 
Hola mira si sos abogada de parte de la trabajadora :te conviene aplicar por analogia la LCT, art. 177: respecto a la Prohibicion de trabajar( 45 dias ant y post al parto o la opcion de reduccion hasta 30 dias), Comunicacion fehacientedel estado c/ certificado medico c/fecha presunta del parto, Dercho al gozo del empleo durante el tiempom mas aisnacioneres S.S( Derecho estabilidad), en caso de ausencia por periodo mayor de 90 dias , certiccado por medico adquire los beneficios art 208 LCT.-
Si sos abogada por la parte empleadora se puede aplicar por analogia la licencia por enfermedad que es de 30 dias, esto en el caso te repito que el CCT que riga no diga nada.-
Saludos espero te sea de ayuda.- Silvana