una consulta colegas. Si me presento audiencia seclo la otra parte quiere abonar parte de los rubros en cuestion, pero nosotros (parte empleada) no estamos de acIuerdo . Igualmente recibimos la plata y pedimos nueva audeincia ? si no llegamos a otro acuerdo tengo que cobrarle honorarios a la otra parte por la plata que le abonaron o no???? Gracias
NO, MIRÁ, EL TEMA DEL SECLO ES ASI.
SE FIJA UNA AUDIENCIA,VAN LAS PARTES CON SUS ABOGADOS. SI LLEGAN A UN ACUERDO, EL CONCILIADOR LABRA UN ACTA Y SE MANDA A HOMOLOGAR AL MINISTERIO DE TRABAJO. CUANDO NEGOCIAS LOS NÚMEROS CON EL ABOGADO DE LA OTRA PARTE LE DECIS: MIS HONORARIOS SERÍAN DEL 10 O EL 15 VOS FIJATE QUE LE VAS A PEDIR, OK?? ALGUNOS COBRAN EL 10, OTROS EL 15 Y OTROS EL 20 % A LA PARTE CONTRARIA. PERO SÍ O SI, SI VAS POR EMPLEADO LA PARTE CONTRARIA TE VA A RECONOCER LOS HONORARIOS.
ADEMÁS DE ESOS HONORARIOS, TU CLIENTE TAMBIÉN TE VA A TENER QUE PAGAR DE LO QUE ÉL COBRE, EL 10 O EL 15% SEGUN LO QUE HAYAS PACTADO CON ÉL.
ES DECIR VOS COBRAS DE AMBAS PARTES. TODO ESTO EN LA ETAPA DE CONCILIACIÓN LO ARREGLAS. SI LLEGAN A UN ACUERDO CON LA INDEMNIZACION DE TU CLIENTE Y TUS HONORARIOS, SE FIJA UNA AUDIENCIA DE PAGO Y ALLÍ TE HARÁN ENTREGA DE TU CHEQUE POR HONORARIOS O A LO MEJOR TE LO DAN EN EFVO, SI NO ES MUCHO Y LE ABONARÁN ADEMAS A TU CLIENTE.
VOS VAS A TENER QUE EXTENDER FACTURA A LA PARTE CONTRARIA POR LOS HONORARIOS QUE ELLOS TE ESTÁN PAGANDO.
SI NO LLEGAS A UN ACUERDO EN EL SECLO, SE LABRA UN ACTA DE CIERRE Y CON ESA PLANILLA YA PODES INICIAR DEMANDA LABORAL.
CON RESPECTO AL PAGO A CUENTA ENTIENDO QUE LA OPORTUNIDAD PARA ACEPTARLO ES ANTES DEL SECLO, YA QUE UNA VEZ QUE CERRAS EL ACUERDO, NADA MAS SE PUEDE RECLAMAR. EN LABORAL, TODO PAGO QUE TE OFREZCAN PODES ACEPTARLO QUE SE CONSIDERA A CUENTA, EL TEMA ES QUE SI CERRÁS UN ACUERDO YA NO VAS A PODER RECLAMAR DESPUÉS. SUERTE