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 #651471  por santiso
 
Foristas; espero puedan ayudarme, soy nuevo en esto y la verdad agradezco a todos lo que ayudan a los mas jovenes.....
el tema es asi, mis dos clientes hermanos vinieron para iniciar la sucesion del padre, el unico bien es una casa. Tengo todo listo p presentar al juzgado, cuando uno de ellos me dice que hace unos años inicio la sucesion en otro localidad por un campo de un tio, entonces alli tuvo q hacer la del padre tb, o sea la sucesion se inicio en un lugar distinto al del fallecimiento del causante, creo q en ese momento habia competencia concurrente entre ambas localidades y ahora ya no hay.....Que hago??? tendria q seguir la sucesion en esa localidad?? me queda muy lejoss, ademas perderia al cliente. o presento todo en este juzgado y cuando pido se libre oficio al reg. de juicios univ. ahi va a saltar que hay otra sucesion entonces pido que se acumulen en el juzgado de mi localidad por ser competente conforme el ultimo domicilio del causante... escucho sugerencias
 #651525  por sole10
 
santiso escribió:Foristas; espero puedan ayudarme, soy nuevo en esto y la verdad agradezco a todos lo que ayudan a los mas jovenes.....
el tema es asi, mis dos clientes hermanos vinieron para iniciar la sucesion del padre, el unico bien es una casa. Tengo todo listo p presentar al juzgado, cuando uno de ellos me dice que hace unos años inicio la sucesion en otro localidad por un campo de un tio, entonces alli tuvo q hacer la del padre tb, o sea la sucesion se inicio en un lugar distinto al del fallecimiento del causante, creo q en ese momento habia competencia concurrente entre ambas localidades y ahora ya no hay.....Que hago??? tendria q seguir la sucesion en esa localidad?? me queda muy lejoss, ademas perderia al cliente. o presento todo en este juzgado y cuando pido se libre oficio al reg. de juicios univ. ahi va a saltar que hay otra sucesion entonces pido que se acumulen en el juzgado de mi localidad por ser competente conforme el ultimo domicilio del causante... escucho sugerencias
Si los sucesorios se iniciaron en la Pcia.de Buenos Aires (aunque los causantes tuvieran distintos domicilios, dentro del mismo territorio), está bien, pues la prórroga de competencia es válida dentro del ámbito de la Pcia.
Si la primera sucesión avanzó, en realidad, tu nuevo expediente se acumularía al anterior y no al revés.
 #651848  por santiso
 
Hola Sole si la primera sucesion ya casi esta terminada. lo unico que resta es hacer la sucesion de un inmueble que esta en la localidad donde litigo yo, o sea, vos decis, que todo se va a acumular al primer expediente, entonces me conviene comparecer en esa localidad y hacer la sucesion alla.
NO podre pedir que me envien el expediente a la localidad donde litigo yo, si en la otra la sucesion ya se termino????.....gracias
 #651865  por sole10
 
santiso escribió:Hola Sole si la primera sucesion ya casi esta terminada. lo unico que resta es hacer la sucesion de un inmueble que esta en la localidad donde litigo yo, o sea, vos decis, que todo se va a acumular al primer expediente, entonces me conviene comparecer en esa localidad y hacer la sucesion alla.
NO podre pedir que me envien el expediente a la localidad donde litigo yo, si en la otra la sucesion ya se termino????.....gracias
Si la sucesión que te interesa está iniciada, lo que faltaría es denunciar un bien (si mal no entendí).
La cuestión pasa en que no veo viable, que remitan un expediente sucesorio de un Depto.Judicial a otro, cuando se ha pedido la prórroga de jurisdicción y acumulación, en el mismo.
Lo conveniente es terminarla dónde se inició, por lo que te enumeré antes y una cuestión de economía procesal, también; en última instancia, le cobrarás los viáticos a tu cliente, ya que el tema escapa a tu accionar.
Saludos !!!
 #652996  por santiso
 
Gracias Sole, si voy hacer eso seguirla alla no me queda otra. Otra pregunta con respecto a este inmueble q esta en sucesion pertenece a dos hermanos, uno de ellos le va a comprar la parte al otro, le entrega una parte antes de iniciar la sucesion, y el va a afrontar todos los gastps sucesorios, deudas del inmueble, etc y el resto se lo paga cuando todo este listo y en cond de escriturar, previo desc de gastos sucesorios q deben er soportados por ambos. como te parece q instumente esto, una cesion no es viable porq se paga en cuotas un boleto de compraventa te parece bien y desp escrit. por tracto abreviado...