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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #652379  por tomyysolito
 
Hola! después de 6 meses de vida de mi hija volví al ruedo, con una consulta; mi cliente es motoquero (en negro, con moto propia, trabajaba en una mensajeria, tuvo un accidente de tránsito, y más que magullones, raspaduras, y dólor en el tórax ), por el trabajo en negro están todos los TCL enviados y también hago mención del accidente, la duda se plantea al realizar la liquidación no se que aplicar si la Liquidaciòn con los rubros en negro y a esa misma agregarle los rubros del accidente, o ir por el art.1113, que rubros debo consignar (Incapacidad sobreviniente, daño estético, daño moral, daño psiquico, gastos de atención médica y rehabilitación, daño emergente del vehiculo, desvalorización del rodado, lucro cesante, privación del uso, gastos de remolque), todo esto como se cálcula ?, sobre qué fórmulas? Muchas gracias.-