Si bien en el CPP hay un artículo que dice que luego de 10 días de la indagatoria el juez dictará el procesamiento del imputado si encuentra elementos suficientes, etc., lo que quiero saber es qué ocurre en la práctica, si justo a los diez días de la indagatoria se resuelve la situación procesal del imputado o se puede esperar un poco más. Lo pregunto porque en el caso que me ocupa, se dictó el procesamiento sin esperar el resultado de un análisis de ADN, que hubiera servido para darle mayor certidumbre al mismo, o no.
JV
JV
¿Será Justicia?