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  • CERTIFICADOS ARTS 80 PUEDE EMITIRLOS JUEZ??

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #653001  por Mlpino
 
Hola! tengo un problema similar una sentencia del año 1989 en que se ordeno entregar el certificado nunca nunca lo hicieron.
Siempre el actor siempre mantuvo la intimación periódicamente el tema es que ahora la señora esta jubilada pero siguen reclamando el certificado. La sra. estuvo en negro por los períodos y es una portera de edificio la unica documentaciòn que tiene la adminsitradora actual para hacer el certificado es la sentencia judicial pensaba presentar un certificado con la data q tengo de la sentenciay presentarlo en el juzgado a disposición de la actora para que deje de correr la multa. el tema es que lo relacionado a aportes y demás es de presentación imposible para mi. eso alcanzara??? agradecere las respuestas!
 #653004  por DAL
 
Hay un casillero en el certificado, que dice cual es la fuente documental de la infomración allí determinada, y allí se pone, en tu caso, SENTENCIA TAL.
El de Anses no tiene constancia de los aportes.
Yo creo, que pagaria la multa, en vez de meterme con el tema de los certificados, más si es un consorcio.
Pero revisá bien, una sentencia de 1989 ya estaría prescripta en sí misma, por lo que hay que analizar que actos se hicieron que interrumpan o suspendan la prescripción de la sentencia.
 #653292  por Mlpino
 
Hola! el tema es que me reclaman una fortuna de multa la idea es pagarla de todos modos pero para que deje de devengarse mientras negociamos el nùmero final queremos acercar al expediente el certificado.
Respecto a la prescripción notificaron al constituido de modo periòdico y presentaron escritos y liquidaciones y medidas precautorias y demás casi llegan a rematar las bombas de agua y todo. Nunca salió al archivo el expediente. Gracias.. probare presentando ese cdo para dejar de generar multa y luego negociare pero sin engrosar el muerto.
 #653679  por DAL
 
La multa son tres sueldos.
Si te impusieron astreintes, fijate si no tienen un limite, Esto esta en la sentencia.
Antes de pagar una fortuna, conviene hacer plan de pago con AFIP, ingresar aportes y emitir certiifcados. Pero ojo, que según como esté redactada la sentencia, el certificado extemporaneo no elimina los astreintes devengados, así qeu es la fortuna + mas el certificado. Fijate bien.

TAmbien estudía cuales son los actos de impulso, que son los relevantes, no los irrelevantes. Es decir, no son actos de impulso notificaciones o reiteraciones de notificaciones, que no impulsan en tramite. Esto es doctrina procesal, estudialo. Peyrano lo distingue bastante bien.
 #653681  por DAL
 
Además fijate que la indmenización, tarifada como la del 80, cubre todos los daños derivados de la falta de certificado. Pero si no rige la tarifada, para que prospere una indmenización debe demostrarse el daño, y si se jubiló, entonces, no tiene daño, más que la falta del certificado de trabajo (no el de aportes) que se confecciona en una hoja, sin mayor problema, y la base documental es la sentencia.