colegas necesito ayuda con lo siguiente:
tengo que intimar a un deudor de un contrato y que en el contrato fijo un domicilio especial, resulta que el anterior abogado q se encargaba intimo al domicilio especial que figura en el contrato, pero no fue recibida la carta documento, ahora yo quiero intimarlo nuevamente dandole la posibilidad de acceder a la mediación privada, mi pregunta es la siguiente: intimo al domicilio especial o al real que lo conozco y se que es el lugar donde habitualmente está? y en el caso que notifique a éste último, pueden oponer que no se intimó al que figura en el contrato y obstar a la mediación? o con intimar ahora en el real aclarando en la misma cd que anteriormente se intentó intimar sin suerte en el domicilio especial alcanza? espero se comprendan mis dudas y puedan ayudarme, saludos...
tengo que intimar a un deudor de un contrato y que en el contrato fijo un domicilio especial, resulta que el anterior abogado q se encargaba intimo al domicilio especial que figura en el contrato, pero no fue recibida la carta documento, ahora yo quiero intimarlo nuevamente dandole la posibilidad de acceder a la mediación privada, mi pregunta es la siguiente: intimo al domicilio especial o al real que lo conozco y se que es el lugar donde habitualmente está? y en el caso que notifique a éste último, pueden oponer que no se intimó al que figura en el contrato y obstar a la mediación? o con intimar ahora en el real aclarando en la misma cd que anteriormente se intentó intimar sin suerte en el domicilio especial alcanza? espero se comprendan mis dudas y puedan ayudarme, saludos...