Hola gente. Nunca estuve del lado del empleador.
Contesté un telegrama donde el trabajador reclamaba registración por la 24013, desde un año antes que su blanqueo. Firmó el alta temprana en el 2009, y pide que se lo registre desde 2008.
Pedía que se la ponga en la categoria que correspondia a encargada.
Contesté que en comercio no existia tal categoría, que estaba bien encuadrada y registrada, y se abstenga de prefabricar despido sin causa.Y que como no venia a trabajar, justifique inasistencias..ahora bien, no fue más a trabajar como una semana después de recibido el telegrama. Esto fue hace una semana...
Hoy llega otro telegrama, considerandose injuriada y despedida porque no se le reconoce lo reclamado,..y no justificó las inasistencias...ni las requeridas, ni las de la semana que pasó que no trabajó.
Que contesto?. que rechazo telegrama sí, que reitero mi cd anterior...pero con el tema del despido, como lo volteo?..porque yo debería decir que siguiendo las inasistencias injustificadas y no concurriendo más a laborar, se entiende abandono de trabajo???l.,...no me gusta...el tema es que la persona se consideró despedida pero fue apercibida a justificar faltas. Al no cortar el empledor la relación, la 24013 sigue siendo la ley aplicable por el trabajador para reclamar....mmmmm- alguna ayudita please???
Contesté un telegrama donde el trabajador reclamaba registración por la 24013, desde un año antes que su blanqueo. Firmó el alta temprana en el 2009, y pide que se lo registre desde 2008.
Pedía que se la ponga en la categoria que correspondia a encargada.
Contesté que en comercio no existia tal categoría, que estaba bien encuadrada y registrada, y se abstenga de prefabricar despido sin causa.Y que como no venia a trabajar, justifique inasistencias..ahora bien, no fue más a trabajar como una semana después de recibido el telegrama. Esto fue hace una semana...
Hoy llega otro telegrama, considerandose injuriada y despedida porque no se le reconoce lo reclamado,..y no justificó las inasistencias...ni las requeridas, ni las de la semana que pasó que no trabajó.
Que contesto?. que rechazo telegrama sí, que reitero mi cd anterior...pero con el tema del despido, como lo volteo?..porque yo debería decir que siguiendo las inasistencias injustificadas y no concurriendo más a laborar, se entiende abandono de trabajo???l.,...no me gusta...el tema es que la persona se consideró despedida pero fue apercibida a justificar faltas. Al no cortar el empledor la relación, la 24013 sigue siendo la ley aplicable por el trabajador para reclamar....mmmmm- alguna ayudita please???
