Hola quisiera saber que opinan sobre este caso: una señora de 52 años en la actualidad , tiene reconocidos 10 años en relacion de dependencia y quiere empezar a pagar el resto para poder jubilarse. que hago la anoto en afip y que pague y despues vemos que ley hay al cumpllir los 60 o hay otro opcion . ? gracias.
Hola:
Si fuera un caso mìo lo mirarìa asì:
Si tiene 52 años habrá nacido en 1955.
Cumpliò 18 años (que es la edad desde donde se empiezan a contar los aportes ) en 1973.
En este momento podès utilizar la moratoria ley 24476 que te permite comprar perìodos hasta 9/93.
Es decir que hay un lapso de 20 años, de los cuales podrìas comprar los que quisieras, siempre que no estuvieran ocupados.
Como tenès 10 años de aportes, si es que estuvieran ocupando alguna porciòn de estos 20 años, podrìas comprar hasta en 60 cuotas la diferencia.
En este momento, a menos que tuviera a futuro una relaciòn de dependencia, yo no le harìa ninguna inscripciòn para poder utilizar luego más años del beneficio de la Declaraciòn Jurada por Arts. 38 o 3.
Es lo que yo harìa. Por favor, esperà opiniones màs calificadas.
saludos