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  • sustitucion de fianza

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 #654662  por estudioduretrobbiani
 
Hola, me llamo una persona que esta detenida y que fue a la audiencia de libertad,y que se la otorgan con una fianza altisima que no puede pagar, me dijeron que se puede pedir una pobreza (imagino que similiar a la del habito civil, pero no la misma) o que pudeo pedir uan sustitucion de fianza. REalemnte nunca hicimos penal pero esta persona es conocida y quisiera ayudarla. si alguin sabe algo o me pude orientar o pasar algun modelo, le estare agardecida.
Saludos, Natalia.-
 #654729  por feragus
 
Te queda esperar unos días -quizá una semana- y con el no pago decir que no puede pagar eso, que está prohibido fijar una caución de imposible cumplimiento. Pedís que te modiquen la caución a juratoria y en subsidio que reduzcan considerablemente el monto acorde a lo que surge del informe ambiental que debe haber respecto a tu asistido. La otra es directamente apelar la decisión diciendo que la resolución es arbitraria pues se fijó una caución desproporcionada con las posibilidades económicas del imputado y que, en realidad, fijar esa caución constituye una denegación encubierta de la excarcelación solicitada.
 #655573  por jeanvaljean02
 
y creo que se puede argumentar sobre la no existencia en nuestro ordenamiento jurídico de la prisión por deudas; está en alguno de los pactos de DDHH del art. 75 inc. 22 CN
 #655680  por feragus
 
En mi opinión lo de la prisión por deudas no es un argumento válido. Si bien entiendo adonde apunta, en realidad no está preso por una deuda sino porque se le fijó una fianza de imposible cumplimiento. En ese sentido, hay que distinguir que lo que lo llevaría a prisión sería una deuda, mientras que la imposibilidad de salir de la cárcel resulta de la falta de cumplimiento de un requisito, en el caso, el pago de una caución.
 #655720  por jeanvaljean02
 
pero creo que se utiliza el argumento, incluso se habla de la inconstitucionalidad de la caución dineraria
 #655727  por feragus
 
Las inconstitucionalidades son moneda corriente. No creo que haya artículo que no sea tachado de inconstitucional por alguien. Sí, tal vez como vos decís el argumento es utilizado, pero la verdad es que me parece disparatado. El tipo no está preso por una deuda, está preso por un delito que nada tiene que ver con una deuda. Entonces, nunca se podría imponer prisión preventiva al funcionario público que se quedó con una coima, porque en definitiva lo que tiene es una deuda con Estado. Además, cuando la Constitución consagra la prohibición de la prisión por deudas, en realidad alude a la prohibición de tipificar penalmente la falta de pago de un deudor; no a la prisión estrictamente hablando.
 #655730  por jeanvaljean02
 
Caución dineraria: si tenés plata salís en libertad, si no tenés plata no porque adeudás la fianza, esa es la interpretación, para mí viola el principio de prisión por deudas, la fianza es inconstitucional.

Coima: hay una conducta incriminada, es la acción típica, es otro supuesto.

Saludos

JV
 #655769  por feragus
 
Para mí no viola la constitución en el sentido que vos decís, sino la regla procesal que expresamente dice que no se le puede imponer a alguien una caución que no puede pagar. A ver, en este caso es un tipo que no puede pagar, pero si le ponen la caución a alguien que es un potentado y el tipo no paga porque no quiere pagar y no porque no puede? También dirías que es inconstitucional? Teóricamente sí porque según tu criterio la fianza directamente es inconstitucional, se la impongan a un cartonero o a Jaime o a Herrera de Noble. En tren de hablar de inconstitucionalidad, yo hablaría de violación a la garantía de igualdad (art. 16). Ahì me gusta màs.
 #655828  por jeanvaljean02
 
Viola las dos garantías si piden poca plata al pobre y al rico. Si soy abogada defensora del cartonero (o te diría del maestro, del empleado, ojo que hay mucha gente de escasos recursos sin ser indigente), digo que se trata de prisión por deudas aunque la fianza exigida sea de $1000, y si defiendo al empresario digo lo mismo porque le imponen $500.000
 #655829  por jeanvaljean02
 
Te cuento feragus que en realidad esto de que la fianza viola la prisión por deudas lo leí en un artículo de doctrina, no me acuerdo de quien era
 #655844  por feragus
 
Está bien que lo hayas leído. Pero no siempre hay que estar de acuerdo con los artículos de doctrina que uno lee, por más que tengamos una visión defensista. Obviamente que quizá también lo utilizaría como argumento, pero no creo -ahora te hablo como si tuviera que resolver el planteo- que sea inconstitucional por lo que vos decís. También dicen que la prisión preventiva es inconstitucional -la jueza Argibay es una de ellas-, pero a mí no me parece. Los artículos de doctrina cometen los mismos errores que pueden cometer los jueces. Bah, digo errores, son cuestiones de interpretación, así que, en definitiva, en mi interpretación la fijación de una caución no equivale a la prisión por deudas.
 #655848  por jeanvaljean02
 
ok, a Natalia que preguntó, le puede servir esa interpretación (prohibición de prisión por deudas)
 #655852  por feragus
 
Sabés lo que pasa? Que en el CPPN hay un artículo específico sobre el tema, es el 320 que dice que está prohibido fijar una caución de imposible cumplimiento. Y ese imposible cumplimiento estaría demostrado por lo que surge del informe socio ambiental y también por la falta de pago transcurrido un cierto tiempo.