Hola colegas, el problema es éste: en un sucesorio se presentan un abogado en causa propia y otro con poder de un co-heredero; los dos intervinienron durante las tres etapas pero el segundo madrugó al primero en cuanto a los escritos importantes, (inicio, pedir declaratoria, presentar declaración jurada de bienes).-No obstante el segundo madrugador, también tomó parte en presuntas estafas que aún se investigan penalmente en relación a la sustracción de bienes del patrimonio del causante, mientras tramitaba su juicio de insanía y actualmente representa al heredero presunto estafador, en los juicios contradictorios dirigidos a anular dichos actos.-El abogado en causa propia considera que en nada se benefició "la masa" con la actuación global de ese profesional, y además que él, siendo abogado, no necesitaba que otro profesional activara por él el sucesorio: lo hubiera hecho sin tener que pagar si hubiera sido más rápido, conocen algún caso parecido? gracias.
Mas allá de que el abogado madrugador lo sea de un cliente estafador, su trabajo se reputa de carácter común en la medida que haya sido útil para los dos herederos.
Hay si jurisprudencia que considera que los honorarios deben ser compartidos entre los letrados cuando hay escasa diferencia de tiempo entre actuaciones dirigidas al mismo fin.