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 #657497  por jeanvaljean02
 
La contraparte presentó liquidación, tenía que darme traslado por cédula en 5 días y no lo hizo, ¿puedo plantear algo?
 #657531  por sole10
 
Sí sólo transcurrieron los 5 dias (o algunos más), mucho no podés pedir, ya que podrías notificarte personalmente; debería transcurrir el plazo para plantear la caducidad de instancia.
 #657732  por laurava
 
creo que interpretaste mal, jeanvaljean. Los cinco dias son a partir que te notificas, para que vos contestes. Si no contestas en cinco dias, queda consentida (en este caso) la liquidacion. Los 5 dias no son el plazo para que te manden la cedula. La cedula te la manda cuando quiere, o no te la manda nunca si no le conviene. Solo cuenta el plazo de caducidad ( como te dijo sole) y el interes tuyo en notificarte o no. Si estas interesado en notificarte, y no te hace la cedula, te notificàs vos por medio de un escrito.
suerte!
 #657736  por jeanvaljean02
 
entiendo que la carga de hacer la cédula es para quien tiene interés en notificarme, si no me notifican, es como dice sole, hay que esperar la caducidad de instancia, no queda consentida porque no estyo notificada y si es por cédula no se sustituye con la notificación "ministerio legis"
 #657752  por laurava
 
Si la demandada presento una liq que a vos no te conviene, vos impugnas la de ellos, (al hacerlo te notificas) y presentas la tuya, con tus numeros. No vas a esperar la caducidad!!!!!!!! El tema es cual de las liquidaciones queda firme!!!!!!!! Vos tenes que intentar que la tuya sea la que quede firme!!!!!!A la tuya tambien te van a ordenar traslado, y los notificas, a ver que contestan
 #657757  por jeanvaljean02
 
la actora presentó una liquidación que no me conviene, pero como no me notifica, dejo que pase el tiempo, no va a haber caducidad de instancia porque es ejecución de sentencia, pero como la actora tiene la carga de notificarme por cédula y no lo hace, no puede luego pedir intereses sobre ese monto,ese monto puede volverse mucho menor (en cuanto a su potencialidad como poder adquisitivo) por el paso del tiempo, entonces la dejo ahí sin contestar porque no me notificaron y puede llegar a convenirme dentro de un tiempo esa liquidación (la actora ya no puede presentar otra, tiene que notificarme por esa), además me conviene porque así mi cliente no paga por ahora, ni tiene que pagar honorarios por ahora, porque todo está parado y bueno, a veces conviene pensar un poco así, no siempre va lo clásico.