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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #657397  por pampa2008
 
pregunta: tengo una sucesion para iniciar. La dueña del inmueble tenia dom en tandil, pero todos los herederos estan en zárate. Puedo pedir prórroga de jurisdicción?? como sería el trámite?? gracias
 #657414  por laurava
 
Jurisdicción: último domicilio de la causante. No creo que te den bola con la prorroga de jurisdicción. Es de Orden Publico, Pero tirate el lance... por ahí..... (el trámite sería solo iniciarla donde vos queres, y pedir en el escrito de inicio la prorroga, con algun fundamento) Suerte Pampa!
 #657742  por msal
 
pampa2008 escribió:pregunta: tengo una sucesion para iniciar. La dueña del inmueble tenia dom en tandil, pero todos los herederos estan en zárate. Puedo pedir prórroga de jurisdicción?? como sería el trámite?? gracias

CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL DE BUENOS AIRES

DECRETO LEY 7425/68

ARTICULO 2: Prórroga expresa o tácita. La prórroga se operará si surgiere de convenio escrito mediante el cual los interesados manifiesten explícitamente su decisión de someterse a la competencia del juez a quien acuden. Asimismo, para el actor, por el hecho de entablar la demanda; y respecto del demandado, cuando la contestare, dejare de hacerlo u opusiere excepciones previas sin articular la declinatoria.

Leer Cod Procesal Civil Y Comercial Prov Buenos Aires
Carlos Eduardo Fenochietto
pág. 10 y 11.


En materia sucesoria, la jurisprudencia es pacifica al amitir la prórroga mediante acuerdo de todos los llamados a recoger la herencia; pero la prórroga debe limitarse dentro de la misma provincia, de departamento judicial a departamento, y siempre y cuando no se perjudique a los acreedores de la herencia (CCiv Quilmes, Sala II, ED, 164- 752).

Saludos
 #657743  por Tiburcio
 
No me queda claro en qué tribunales querés hacer la sucesión
 #657756  por msal
 
Tiburcio escribió:No me queda claro en qué tribunales querés hacer la sucesión
Entiendo que quiere prorrogar la jurisdiccion de Tandil (último domicilio del causante) hacia Zarate, que es donde viven los familiares de la causante.
 #657766  por Tiburcio
 
Entonces no hay ningún problema, porque la Provincia de Buenos Aires es una única jurisdicción.
Abren la sucesión en el Juzgado que les quede cómodo y manifiestan que son los únicos herederos y que están de acuerdo en prorrogar la competencia a ese juez.
Lo único que exigen los jueces provinciales es acuerdo de los herederos porque si alguno quisiera hacer el trámite en el juzgado del último domicilio todos deberían acudir allí.