Segun lo establecido en el art 92 ter de lct modificado en febrero de 2009 como puedo lograr que personal que realiza una jornada laboral de 6 hs (por lo que le corresponde el pago de la jornada completa) obtenga los beneficios que especifica dicho articulo o lo contraten por la jornada completa? Necesito que alguien me de una mano soy delegado de una sucursal de carrefour y en el sindicato no me brindan las armas suficientes como para realizar el reclamo. Conocen algun caso,con fallo favorable, donde se utilizara este fundamento legal? Desde ya muchas gracias.
Sos el delegado y tu propio sindicato no te brinda las armas suficientes???
Si el sindicato no responde consulten a un abogado particular, incluso si lo desean al ministerio de trabajo.
Deben examinar bien la situación legal y peticionar lo qeu corresponda.
Saludos!
