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  • QUE DIFERENCIA HAY EN AMENAZAS Y AMENAZAS COACTIVAS

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 #659421  por Marambio
 
Las amenazas simples son dichos tendientes a generar un amedrentamiento, un temor en el desinatario. El único objeto que tiene el sujeto emisor de la amenaza es amedrentar al receptor. Ejemplo: "Te voy a matar". Las amenazas coactivas son amenazas que tienen por objeto que el destinatario haga, deje de hacer o dé algo. Ejemplo: "Dame toda la plata que sino te mato".

A nivel de competencia, en la Ciudad de Buenos Aires, las amenazas coactivas tramitan por ante la Justicia de Instrucción. Las amenazas simples, por ante la Justicia Contravencional.
 #659432  por feragus
 
El "dame toda la plata que sino te mato" encuadraría en el delito de robo. Un ejemplo mejor de amenazas coactivas serìa, en una fila de personas: "dejame pasar primero, porque sino te mato". Aclaro que las amenazas no tienen que ser necesariamente de muerte. Las amenazas simples estàn previstas en el art. 149 bis primer pàrrafo; las amenazas coactivas, en el mismo artìculo, 2do. párrafo.
 #659567  por Beto
 
Hola muchas gracias, es mi primer caso de penal, y tengo un cliente que fue amenazado y agredido por un vecino, sin motivo o motivos que no justifican la agresión, y luego de varios días el agresor se dirigio al departamento de mi cliente y amenazo a la concubina de mi cliente y golpeando la puerta del departamento, y al hacer la denuncia en la dependencia policial, el oficial puso en el certificado de denuncia,amenazas coactivas. Al constituirme como querellante, puedo pedir custodia?