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  • Inembargable???

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 #658730  por Ramirofer
 
Hola.... tengo una duda.... son perfectamente embargable los montos que una persona percibe en concepto de algún plan social, beca o subsidio del Estado ya sea nacional o provincial?? saludos
 #659490  por estudiomougel
 
Ramirofer escribió:Hola.... tengo una duda.... son perfectamente embargable los montos que una persona percibe en concepto de algún plan social, beca o subsidio del Estado ya sea nacional o provincial?? saludos
en principio los montos percibidos por una prestacion resulotante de la seguridad social es inembargable a excepcion de la cuota alimentaria
 #659750  por Ramirofer
 
estudiomougel escribió:
Ramirofer escribió:Hola.... tengo una duda.... son perfectamente embargable los montos que una persona percibe en concepto de algún plan social, beca o subsidio del Estado ya sea nacional o provincial?? saludos
en principio los montos percibidos por una prestacion resulotante de la seguridad social es inembargable a excepcion de la cuota alimentaria
Hola..
Muchas gracias por tu respuesta!... Entonces, de la unica manera que se pueda embargar es si se reclama una cuota alimentaria de un chico??
MI caso es distinto. Los deudores (que perciben planes sociales mes a mes) firmaron pagares a mi clienta y como consecuencia de su incumplimiento se inicio el correspondiente juicio ejecutivo. Veo que voy a tener que ir por algun bien mueble de los deudores nomas para que mi clienta pueda cobrar.!
Gracias por tu ayuda de todos modos.-!
 #660459  por estudiomougel
 
mira vos lo podes pedir igual el embargo y si el juez acepta el pedido lo trabas igual, despues de la trabada la medida tenes la obligacion de notificar la resolucion que la decreto si es pcia bsas. y/o en nacion en tres dias si es que no se notifico con la ejecucion de la medida, otra posibilidad es si cobra por banco por medio de una cta. pedir la prueba informativa al banco si tiene cta y fondos depositados a su nobre y trabar en porcentaje de la cuenta Ojo no pidas que te digan el origen de la misma en la informativa y con el resultado de la informativa solicites el embargo de la cuenta , en este caso el oficio no va dirigido al anses sino al banco donde percibe la asignacion.. por ultimo trabada la medida le incumbe al afectado recurrirla ya que es una cautelar y acrditar que la cuenta es inembargable suerte.