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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #660338  por DraSolcito
 
Hola Gente Linda!

Preguntonta! Cómo hago para revocar un poder en laboral en Capital?

Obviamente, mandaré CD al colega informándole que se le revoca el poder pero, además, hay que hacer algún trámite en la Cámara? Es necesario otorgar un nuevo poder para que caiga el anterior? O hay un trámite específico para revocar el poder? Alcanza con presentarme en el expediente como patrocinante manifestando que el actor revoca el poder?

Busqué en posts anteriores pero no me termina de quedar claro cómo funciona.

Gracias!
 #660412  por Gyzella
 
Hola Solcito: Para revocar el poder es importante hacer 2 cosas previas, la 1) es que el cliente mande una cd al anterior abogado manifestando que le revoca el poder otorgado en el expediente.. tal c. tal. s/ .. de tramite ante .... (todos los datos del exp).-
Y nada mas en la cd. 2) Tenés que mandar una nota por intermedio del colegio de abogados de sustitución de patrocinio, por el tema de ética profesional, y para evitar sanciones disciplinarias por parte del colegio.-
Posteriormente, acompañas la cd al expediente, conjuntamente con la nueva carta poder, pagas ius previsional y haces un escritito manifestando todo esto.-
Y listo!!
 #660415  por DraSolcito
 
Gracias Gyzella!

Pregunta: es necesario hacer algún trámite en la Cámara para revocar ese poder? O "poder nuevo mata poder viejo", es decir, es necesario hacer un nuevo poder para revocar al anterior?

Mil gracias por la ayuda!
 #660435  por Gyzella
 
Es necesario primero que revoques el poder anterior y luego que te extiendan un nuevo poder a tu nombre.-
Entiendo que poder nuevo no mata a poder viejo, porque pueden co-existir ambos poderes tranquilamente.-
Por eso cuanto mas precauciones tomes mejor!!
Lo de la Camara no tengo idea, porque litigo en pcia de Bs As.-
Espero te sirva mi aporte. bs
 #660462  por Romina34
 
En capital solo presentar un escrito revocando el poder en el expte laboral. El juzgado notificara al anterior abogado. Ademas el poder ante la Camara Laboral es especial y solo sirve para ese juicio en tramite.
Saludos,