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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #655909  por Dra. Marita
 
Ah, entonces con 10 años al frente de alumnos ya puede pedir el 82?, gracias Periquita, te agradezco un montón
 #655913  por periquita
 
Dra. Marita escribió:Ah, entonces con 10 años al frente de alumnos ya puede pedir el 82?, gracias Periquita, te agradezco un montón
Sí, pero primero tiene que pedir el Decreto 137/05.
Saludos
 #655919  por ester51
 
buenas noches kiara.quisiera saber porque un expediente jubilatorio pasa por fiscalia del estado y que camini sigue despues
muchas gracisa
 #660457  por Sil
 
Hola!! Tramite una jubilacion docente y llego la carta de Anses notificandole el beneficio, mi duda es la siguiente: En la hoja 1 de la carta donde le notifican la resolucion favorable le dicen que tendra un haber mensual inicial de $ 3.987,18. Lo raro es que en la 2 hoja detalle de liquidacion donde se detalla el retroactivo a cobrar, en retroactivo dice 0.00 (esta ok pq la baja era condicional al otorgamiento del beneficio y esta cobrando su sueldo actualmente) pero en periodo 01/2011 dice Haber Mensual $ 7.860,29 y le descuentan O Social (-$ 438.47) y Otros desc (-$ 29.08).
La verdad es que actualmente cobra entre la escuela de capital y provincia unos $ 7.600 aprox, entonces no entiendo que es lo que verdaderamente le pagan, porque $ 3.987 es poco pq deberia cobrar el 82% y 7.860 es casi lo que cobra actualmente.... Otra cosa, no me intimaron a que presente el Form del DTO 137/05 por el suplemento.... Sera pq el tramite se presento en noviembre y en menos de un mes lo aprobaron??? El formulario del decreto 137/05 lo tengo que presentar yo directamente?
Muchas gracias
Sil
 #660768  por Sil
 
Sil escribió:Hola!! Tramite una jubilacion docente y llego la carta de Anses notificandole el beneficio, mi duda es la siguiente: En la hoja 1 de la carta donde le notifican la resolucion favorable le dicen que tendra un haber mensual inicial de $ 3.987,18. Lo raro es que en la 2 hoja detalle de liquidacion donde se detalla el retroactivo a cobrar, en retroactivo dice 0.00 (esta ok pq la baja era condicional al otorgamiento del beneficio y esta cobrando su sueldo actualmente) pero en periodo 01/2011 dice Haber Mensual $ 7.860,29 y le descuentan O Social (-$ 438.47) y Otros desc (-$ 29.08).
La verdad es que actualmente cobra entre la escuela de capital y provincia unos $ 7.600 aprox, entonces no entiendo que es lo que verdaderamente le pagan, porque $ 3.987 es poco pq deberia cobrar el 82% y 7.860 es casi lo que cobra actualmente.... Otra cosa, no me intimaron a que presente el Form del DTO 137/05 por el suplemento.... Sera pq el tramite se presento en noviembre y en menos de un mes lo aprobaron??? El formulario del decreto 137/05 lo tengo que presentar yo directamente?
Muchas gracias
Sil
Hola Periquita!!! Esta mañana me fui a Anses y em confirmaron que cobrara el haber q figura en la 2 hoja pq ahi esta incluido el suplemento docente. Mi duda ahora es la siguiente: el formulario del decreto 137/05 es necesario presentarlo pq la jubilacion se la inicie en noviembre y cobra para enero y no ha habido diferencias en el haber... Tiene que hacer algun tramite mas en las escuelas de capital y provincia donde trabajaba por las renuncias??? (porque ambos ceses eran condicionados al otorgameinto del beneficio)
Mil gracias!
Sil
 #660909  por rcr
 
Hola !!! Necesito que alguien me saque de la confusión que tengo :

Docente con 30 años de docencia en IPS, y 12 años docencia en nacion se puede jubilar en IPS Y seguir trabajando en Nación?.


MUCHAS GRACIAS!!!
 #661055  por periquita
 
rcr escribió:Hola !!! Necesito que alguien me saque de la confusión que tengo :
Docente con 30 años de docencia en IPS, y 12 años docencia en nacion se puede jubilar en IPS Y seguir trabajando en Nación?.
MUCHAS GRACIAS!!!
Hola
Ya te lo contesté en otro post que abriste.
Suerte
 #661103  por periquita
 
Hola Sil

Si no hay diferencia no sería necesario presentar el Suplemento Dto. 137.
No todas las UDAI lo piden como constancia del cese definitivo.

A veces las UDAI notifican a las escuelas, de todos modos debe avisar el docente, si es escuela privada también mandar un telegrama laboral informando la fecha unos días antes.

Cobra casi lo mismo que en actividad porque los descuentos en actividad a los docentes suelen ser más que el 18 % (diferencia al 82 %).

Saludos
 #661278  por maxim
 
Buenas, consulto por la siguiente: "suplemento docente"

Es una Señoara que tiene lista la certificación de servicios del difunto (sa marido)
La dudas es como pedir el turno? a nombre de quien y ese dia tiene que ir ella? y que hay que llevar de formularios?.
Y con sus certificaciones ella tiene hechas pero en el F. ps, 6268, con ese basta/ es correcto?; porque lei en varios lugares que piden el 6269.

Muchisimas gracias
 #661287  por periquita
 
[quote="maxim"]Buenas, consulto por la siguiente: "suplemento docente"

Es una Señoara que tiene lista la certificación de servicios del difunto (sa marido)
La dudas es como pedir el turno? por la web o por teléfono lo pide a nombre de quien y ese dia tiene que ir ella? de ella pero tiene que citar cuil del marido. OJO que tiene que tener acreditado el vínculo, llevar partida de matrimonio actualizada, etc
Tiene que ir ella, o su apoderado pero hay planillas que debe firmar ella
. y que hay que llevar de formularios?. Todos los necesarios + el decreto 137Y con sus certificaciones ella tiene hechas pero en el F. ps, 6268, con ese basta/ es correcto?; SI porque lei en varios lugares que piden el 6269. Es para otras situaciones
 #663091  por jeanvaljean02
 
Qué bueno este post. Vino a verme una docente, jubilada desde 2004. Quiere ver si le corresponde un reajuste, averiguó el sueldo de laguien en actividad , su jubilación no llega al 82% de ese. ¿Corresponde el reclamo administrativo ante Anses por reajuste? Con que fundamentos?
(Jubilada por Anses, pcia. de Río Negro), gracias
JV
 #663282  por periquita
 
jeanvaljean02 escribió:Qué bueno este post. Vino a verme una docente, jubilada desde 2004. Quiere ver si le corresponde un reajuste, averiguó el sueldo de laguien en actividad , su jubilación no llega al 82% de ese. ¿Corresponde el reclamo administrativo ante Anses por reajuste? Con que fundamentos?
(Jubilada por Anses, pcia. de Río Negro), gracias
JV
Sí, corresponde el reclampo por aplicación de la ley docente 24016.
Pero pidió primero que la incorporaran al Suplemento Especial Docentes Dto. 137/2005?
Saludos
 #663352  por jeanvaljean02
 
gracias periquita, no se si pidió esa incoporación, ¿se pide ante Anses, no?, ¿cómo hago para calcular el reajuste? ¿De donde obtengo la fórmula aritmética?
Gracias
JV
 #663409  por periquita
 
Si, se solicita en ANSES y eso seguramente le aumentará el haber de una forma rápida y sin juicio. Luego si aún le queda diferencia al 82 % de un activo se hace el juicio.
No hace falta ninguna fórmula, se solicita en las escuelas donde trabajó al cese una nota donde diga cuánto estaría ganando hoy con la misma carga horaria y la misma antigüedad. Y de ahí se calcula el 82 %.

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