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  • RESPONSABILIDAD POR CAIDA DE ARBOL

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 #662234  por MARIOENRIQUE
 
Estimados colegas: Necesito si alguien me puede orientar sobre cual es el derechoy la jurisprudencia sobre la que puedo fundar un reclamo relacionado con ujn cliente que vive en un barrio privado y que un arbol del lote lindero, de propiedad de una persona fisica, se cayo sobre su propiedad, causandole daños de gran magnitud. Asimismo , es soloresponsable el propietario del lote o tambien la sociedad anonima barrio privado por no cuidar de las especies del lugar. (HAGO ESTA ACLARACION PUES MI CLIENTE UN MES ANTES REMITIO UNA NOTA A LA ADMINISTRACION DEL BARRIO, PIDIENDO SE TOMEN LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD Y PODA DE DICHO ARBOL, PUES PRESENTABA UN SERIO PELIGRO PARA SU PROPIEDAD Y PERSONA Y LA ADMINISTRQACION GUARDO SILENCIO A ESO).-
Desde ya muchas gracias a todos los que me prewten su ayuda, quedando a su disposicion para situacion analogas.
 #662280  por MagaliGB
 
Hola no se si es mucho lo que puedo aportar pero poder invocar la responsabilidad del art 113 del C.C
DAÑOS Y PERJUICIOS-DAÑO POR VICIO O RIESGO DE LA COSA-COSA RIESGOSA-CAIDA DEARBOL-RESPONSABILIDAD DEL DUEÑO O GUARDIAN DE LA COSA-EXIMENTES DERESPONSABILIDAD (CIVIL)

JURISPRUDENCIA
Si los eucaliptus bajo los cuales se estacionó el auto dañado, fueron calificados por el perito, por su antigüedad y estado, como cosas riesgosas, el encuadre del problema bajo el art. 1113, segundo párrafo del Código Civil, hace que deba tener por responsable al dueño o guardián de la cosa, salvo que éste pruebe la culpa -al menos concurrente- de la víctima o de un tercero por quien no deba responder.

REFERENCIAS

Referencias Normativas: Ley 340 Art.1113 (2DO. PARRAFO )

FALLOS
CAMARA NAC. DE APELACIONES EN LO CIVIL COMERCIAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL
Sala 02 (MARIANI DE VIDAL - VOCOS CONESA)
GIL CLAUDIO ALFREDO c/ INSTITUTO OBRA SOCIAL DEL EJERCITO (I.O.S.E.) s/ DAÑOS Y PERJUICIOS VARIOS.
SENTENCIA, 5.889/93 del 3 DE SETIEMBRE DE 1996
 #662314  por MagaliGB
 
decreto 27/1998 Artículo 10°.- Los barrios cerrados deberán gestionarse a través de la Ley Nacional
13.512 de Propiedad Horizontal siendo asi la administracion tiene una responsabilidad por inobservar el deber de mantener la seguridad tal como lo manifestaste maxime teniendo en cuenta la intimacion cursada ..