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  • Asesoramiento sobre daño psicologico o semejante.

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Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
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 #662622  por Fede6661
 
Buenas tardes a todos.

Mi pregunta es la siguiente ¿Es posible demandar a alguien por daños psicologicos?

Es que tube muchos problemas con mi novia, muchos, he hecho y dicho cosas feas, de las que no me siento orgullozo. Se que algo me afecto ella, es por eso que necesito saber si eso es posible.

Si necesitan mas detalles, puedo agregar que ella no me fue fiel (incluso en la epoca cuando fallecieron mis abuelos ella me engañaba)

Desde ya, muchas gracias.

PD: Y, si pueden, decirme el valor aproximado de esta consulta a un abogado. O para solicitar sus servisios.
 #663328  por poloz
 
sepa el pueblo:
NORMAS DE ÉTICA PROFESIONAL VIGENTES EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.-
ART. 4 - DESINTERES.
El espíritu de lucro es extraño fundamentalmente a la actividad de la abogacía.
El abogado, aunque debe defender su derecho a la digna retribución de su trabajo, debe tener presente que el provecho es sólo un accesorio del fin esencial de la profesión y no puede constituir decorosamente el móvil determinante de su ejercicio.
Dentro de la medida de sus posibilidades y con sujeción a la ley y a las presentes normas, el abogado debe prestar su asesoramiento a toda persona urgida o necesitada que se lo solicita, con abstracción de que sea o no posible la retribución.
 #663424  por Hlws
 
poloz escribió:sepa el pueblo:
NORMAS DE ÉTICA PROFESIONAL VIGENTES EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.-
ART. 4 - DESINTERES.
El espíritu de lucro es extraño fundamentalmente a la actividad de la abogacía.
El abogado, aunque debe defender su derecho a la digna retribución de su trabajo, debe tener presente que el provecho es sólo un accesorio del fin esencial de la profesión y no puede constituir decorosamente el móvil determinante de su ejercicio.
Dentro de la medida de sus posibilidades y con sujeción a la ley y a las presentes normas, el abogado debe prestar su asesoramiento a toda persona urgida o necesitada que se lo solicita, con abstracción de que sea o no posible la retribución.
Y tambien sepa el pueblo :roll: ya que estamos:

Ley de Honorarios de Abogados y Procuradores- Capital Federal-21.839:

Capítulo I - Disposiciones generales

Sección I - Ambito y presunción - Ambito de aplicación

Artículo 3.- La actividad profesional de los abogados y procuradores se presume de carácter oneroso, en la medida de su oficiosidad, salvo en los casos en que conforme excepciones legales, pudieren o debieren actuar gratuitamente.
Se presume gratuito el patrocinio o representación de los ascendientes, descendientes o cónyuges del profesional.
Las disposiciones de la presente ley se aplicarán supletoriamente a falta de acuerdo expreso en contrario.
(según ley 24.432)

Que cualquier aventurado diga que necesita ayuda, es urgente y demases cuestiones... si es por eso, no le tendriamos que cobrar a nadie y hay que vivir del aire. supongo que usted trabaja gratis, no?
 #663448  por andrea1982
 
Incluso hay un valor estipulado para la consulta oral.
Además, dejese de joder, imaginese que cada despechado/a demandara a su novia/o... sería una locura. Mejor, ir a un psicologo si no lo puede superar, y gane plata trabajando.
La verdad, que esto no sería más que plata fácil para un abogado.
Y con respecto a lo que dijo poloz, estoy de acuerdo con que el fin primero del abogado no es el lucro, pero tampoco es para invertir tiempo de forma gratuita en pavadas.
 #663754  por poloz
 
Hlws escribió:
poloz escribió:sepa el pueblo:
NORMAS DE ÉTICA PROFESIONAL VIGENTES EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.-
ART. 4 - DESINTERES.
El espíritu de lucro es extraño fundamentalmente a la actividad de la abogacía.
El abogado, aunque debe defender su derecho a la digna retribución de su trabajo, debe tener presente que el provecho es sólo un accesorio del fin esencial de la profesión y no puede constituir decorosamente el móvil determinante de su ejercicio.
Dentro de la medida de sus posibilidades y con sujeción a la ley y a las presentes normas, el abogado debe prestar su asesoramiento a toda persona urgida o necesitada que se lo solicita, con abstracción de que sea o no posible la retribución.
Y tambien sepa el pueblo :roll: ya que estamos:

Ley de Honorarios de Abogados y Procuradores- Capital Federal-21.839:

Capítulo I - Disposiciones generales

Sección I - Ambito y presunción - Ambito de aplicación

Artículo 3.- La actividad profesional de los abogados y procuradores se presume de carácter oneroso, en la medida de su oficiosidad, salvo en los casos en que conforme excepciones legales, pudieren o debieren actuar gratuitamente.
Se presume gratuito el patrocinio o representación de los ascendientes, descendientes o cónyuges del profesional.
Las disposiciones de la presente ley se aplicarán supletoriamente a falta de acuerdo expreso en contrario.
(según ley 24.432)

Que cualquier aventurado diga que necesita ayuda, es urgente y demases cuestiones... si es por eso, no le tendriamos que cobrar a nadie y hay que vivir del aire. supongo que usted trabaja gratis, no?
Yo me acabo de recibir, y no trabajo gratis.- Pero decirle a una persona, cuando me pregunta tras contarme su inconveniente (en una fiesta, un foro, en la oficina, o al lado de la parrilla degustando un malbec), si tiene un caso o no (sin entrar en cuestiones técnicas propias de la labor jurídica), mm no me parece que deba cobrarle por eso, incluso con el riesgo de que se vaya a ver a otro profesional luego.-
 #663773  por rovalant29
 
Ya te va a pasar que cuando le contestes la primera vez, que se hacen los tontos y ahí viene la segunda avivada: " disculpá, otra preguntita" ó " te hago otra preguntita, puede ser?" etc.....y cuando te sacaron información van al abogado que le recomendaron y le pagan sin chistar ...
 #663848  por analiavalero
 
poloz escribió:
Hlws escribió:
poloz escribió:sepa el pueblo:
NORMAS DE ÉTICA PROFESIONAL VIGENTES EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.-
ART. 4 - DESINTERES.
El espíritu de lucro es extraño fundamentalmente a la actividad de la abogacía.
El abogado, aunque debe defender su derecho a la digna retribución de su trabajo, debe tener presente que el provecho es sólo un accesorio del fin esencial de la profesión y no puede constituir decorosamente el móvil determinante de su ejercicio.
Dentro de la medida de sus posibilidades y con sujeción a la ley y a las presentes normas, el abogado debe prestar su asesoramiento a toda persona urgida o necesitada que se lo solicita, con abstracción de que sea o no posible la retribución.
Y tambien sepa el pueblo :roll: ya que estamos:

Ley de Honorarios de Abogados y Procuradores- Capital Federal-21.839:

Capítulo I - Disposiciones generales

Sección I - Ambito y presunción - Ambito de aplicación

Artículo 3.- La actividad profesional de los abogados y procuradores se presume de carácter oneroso, en la medida de su oficiosidad, salvo en los casos en que conforme excepciones legales, pudieren o debieren actuar gratuitamente.
Se presume gratuito el patrocinio o representación de los ascendientes, descendientes o cónyuges del profesional.
Las disposiciones de la presente ley se aplicarán supletoriamente a falta de acuerdo expreso en contrario.
(según ley 24.432)

Que cualquier aventurado diga que necesita ayuda, es urgente y demases cuestiones... si es por eso, no le tendriamos que cobrar a nadie y hay que vivir del aire. supongo que usted trabaja gratis, no?
Yo me acabo de recibir, y no trabajo gratis.- Pero decirle a una persona, cuando me pregunta tras contarme su inconveniente (en una fiesta, un foro, en la oficina, o al lado de la parrilla degustando un malbec), si tiene un caso o no (sin entrar en cuestiones técnicas propias de la labor jurídica), mm no me parece que deba cobrarle por eso, incluso con el riesgo de que se vaya a ver a otro profesional luego.-
ME COSTO ENTENDER CUANDO ME DECIAN QUE NO ASESORES.....PERO LO ENTENDI Y SE QUE PERJUDICA A LA PROFESION QUE DE POR SI YA ESTA DIFICIL EL TRABAJO , EN MARDEL PEOR .......
HAY ASESORAMIENTO GRATUITO EN LAS DEFENSORIAS Y NO CREO QUE NADIE TRABAJARA GRATIS. QUE ES LO QUE HACEMOS CUANDO AS. SIN COBRAR , CREO QUE LO QUE NOS MATAMOS ESTUDIANDO .HAY QUE COBRARLO
ME COSTO ENTENDERLO PERO ES ASI AMIGO,NADA PERSONAL CON NADIE.
ME FALTA POCO PARA RECIBIRME Y ME ENCANTA AYUDAR , PERO PERJUDICAS AL ABOGADO QUE RECIBA EL CASO , PQ MIRA SI LA PERSONA QUE PIDE ASESORAMIENTO NO TE DICE TODO BIENNN COMO ES??? Y VOS RESPONDISTES POR LO QUE TE DIJO!!!!! CREO QUE CUANDO TOME EL CASO UN COLEGA Y VEA EN CONCRETO TODO , DOC INCLUID, ETC.....EL SERA EL QUE ASESORE ESTARIAMOS PERJUDICANDOLO,
NO ES DE JODIDOS NI PERSONAL, PERO NO ESTUDIAMOS PARA REGALAR NUESTRO TRABAJO
BESOS Y FELICES FIESTAS!!!! *abrazo* *abrazo* *abrazo*
 #664101  por andrea1982
 
poloz escribió: Yo me acabo de recibir, y no trabajo gratis.- Pero decirle a una persona, cuando me pregunta tras contarme su inconveniente (en una fiesta, un foro, en la oficina, o al lado de la parrilla degustando un malbec), si tiene un caso o no (sin entrar en cuestiones técnicas propias de la labor jurídica), mm no me parece que deba cobrarle por eso, incluso con el riesgo de que se vaya a ver a otro profesional luego.-
Poloz, yo tengo un amigo, que incluso antes de recibirme me hacía consultas todo el tiempo, y ahora sigue, cada vez que me ve conectada a internet o en alguna reunión, me hace una consulta.
Hasta de recibirme me pregunto sobre un tema determinado, le dije que yo no podía encargarme y que además en el estudio que trabajo no se dedicaban a eso, pero que tenía una amiga que se lo podía hacer y me respondió que el quería alguien con experiencia. O sea, que a mi me estaba preguntando solo porque le respondía gratis.
Ayer también vino un vecino, a preguntarme por una inquilina, y en un momento de la conversación me dice que entonces el puede contratar a un abogado y bla bla bla, claramente no se refería a mi. Antes de irse, le dije, bueno, yo ya me recibí, y además trabajo en un estudio, si necesitas algo avisame. No le cobré la consulta de boluda, porque era las 12 del mediodía y estaba en ojotas en mi casa... pero tampoco le di una respuesta muy juridica, le dí solo algunas pautas.

Saludos!