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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #662748  por karinabril
 
Buenas tardes necesitaria ayuda en el siguiente tema. una mama menor de edad y papa 21 años, separados de hecho, el papa cumple con pasar todo lo que el menor necesita, lo ve y se lo lleva los fines de semana, hubo una denuncia de por medio por falta de cuidados hacia el bebe en donde el papa pide la tenencia ( la denuncia la hace el papa) y el juez dice que no es una causa grave para otorgarla y que se presente con un abogado para peticionar. Me presente y pedi urgente una audiencia para lograr pautas de acuerdo respecto de los cuidados del bebe. Pero en medio de esto la mama desaparece le deja el bebe a la abuela materna, se lleva documentacion del bebe, y la abuela materna entrega el bebe al papa aduciendo que no se puede hacer cargo, el papa realiza la denuncia y se lleva el bebe, que harian colegas en una situacion asi? estoy a la espera de la audiencia que seguramente sera despues de la feria.
 #662780  por hora41
 
No se si cuando te referis a menor es a menor de 5 años.
Si es menor de 5 años, como ya sabes, el art.206 del cod. civil dice que quedara la tenencia a la madre.
si es mayor de esa edad puede decidir el juez si no hay acuerdo entre los padres.
Va a ser dificil que le saquen la tenencia a la madre si es menor de 5 años.Pero bueno, todo es cuestion de prueba.
saludos
 #662825  por karinabril
 
Si lo se es menor de 5 años, pero el tema es que se lo dejo al papa y desaparecio y no es la primera vez que lo hace
 #662826  por hora41
 
Bueno en ese caso, se justifica intentar la tenencia del padre.
Ante la gravedad del tema yo haria una cautelar solicitando la tenencia provisoria y despues presentaria la demanda.Luego a buscar jurisprudencia, pactos internacionales de jerarquia constitucional que avalen lo que pedis y darle para adelante.
Mucha suerte!!
Saludos.
 #663430  por Hellrhaiser
 
Si el menor de 5 años esta con su progenitora a su vez menor, ella no ejerce ningún poder sobre el menor que lo detenta quien ejerza sobre aquella la patria potestad, tutela, curatela.

Es decir, si existen causas graves similares a la privación de patria potestad, podria iniciarse una acción contra quien tiene al menor - que no es la madre que es menor-

La ley dice que la patria potestad se pierde por el abandono moral y material. Ver 307 inc 2 CC. Asimismo en la Convención internacional de los derechos del Niño 1998, dice lo mismo con el plazo de abandono de un año.

En el caso será la acción de perdida de patria potestad, es grave. YA QUE SIENDO UNA MENOR la MADRE -CLARO ESTA-,la abuela tiene la tutela...