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  • jubilacion suspendida y luego dada de baja..raro

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #664830  por floppy
 
Amigos les cuento este caso.....una señora viene a verme porque es pensionada y le suspendieron el beneficio jubilatorio....hasta ahí parecería un caso normal....pero lo que me llama la atención, es que la resolución indica que envió el plan el 18/11/2006 .....y con fecha 3 de mayo de 2010 resuelven la suspensión....e intiman abone de contado la deuda....
Pensaba ingresar al sistema ver en el sicam el estado del plan y la cantidad de cuotas abonadas y así saber cuanto sería hoy la deuda para que la señora vea si puede o no cancelar la moratoria.....por otro lado ella solicitó una rehabilitación del beneficio, y con fecha 17 de diciembre se la rechazaron y además dejaron aclarado ahora que disponen la baja del beneficio y dejaron opuesta la prescripcion liberatoria a todo evento art. 82.....
alguna sugerencia parte de lo que les comenté tenía en mente???.....
gracias desde ya floppy :P
 #665000  por arielruiz86
 
Haber si entendemos, cuando solicita la rehabilitacion del beneficio que luego se la rechazan, pagó efectivamente la deuda de contado? Y al entrar al sicam que visualizas? plan vigente? dado de baja? en cuotas? Tal vez esten sugeriendo que recalcules el sicam de cero, osea, iniciar todo de vuelta el sicam como si nunca se hubiera echo nada porq el benef ha sido dado de baja por haber transcurrido tanto tiempo, lo que implica porsupuesto la perdida de todo el retroacivo desde el 18/11/2006 (fecha del primer sicam presentado).
 #665041  por floppy
 
te cuento....la señora tramita la jubilación se la otorgan, envió el plan el 11/2006, estuvo cobrando hasta el 10 de mayo de 2010, fecha en la que se la suspenden....ella por su cuenta luego de ir varias veces al banco y ver que no estaba depositado el haber le notifican y entiende que se lo han suspendido pide rehabilitación luego de un largo tiempo y el 17 de diciembre la dan la baja de la jubilación por no haber cancelado de contado la moratoria, atento que se encontraba pensionada a la fecha de envio del plan y ya estaba vigente la disposición que establece abonar de contado la moratoria...
quise ver el sicam pero la clave que me pasó no sirve y tiene que solicitar una nueva....., lo que me llama la atención es 1.-que luego de tanto tiempo le hayan suspendido y luego dado de baja la jubilación, mas de tres años estuvo cobrando....2.-y la otra ahora cuanto queda pendiente de la moratoria......hasta que no tenga la clave no sabre exactamente.....pero queria saber si a alguno de ustedes les paso que le otorgaran la jubilación y que la suspensión se notificara luego de tanto tiempo.......y bueno ahora tengo que ver todo y si puedo re liquidar ver cuanto es la deuda y sino ver si puedo presentar un amparo en consideración al tiempo transcurrido ssi toma lo resolución ultima del 17 de diciembre estaría a tiempo ......pero para mi lo llamativo es que luego de tanto tiempo pueden suspender y dar de baja posteriormente la jubilacion que otorgaron.....????....gracias saludos floppy :P
 #665137  por rachelcba
 
Hola floppy, a mí me llegó un caso similar de suspensión y baja después de 4 años, pero el motivo fué que el plan de moratoria estuvo mal hecho, tenía deuda posterior al 10/93 sin aplic. de la 25321(seguro se lo hicieron en un ciber, jaja !!). La Sra. era de una AFJP, parece que la ANSeS está revisando todos los trámites de aquélla época. Tuve que hacerle un nuevo plan para la rehabilitación del beneficio, y además la ANSeS generó un cargo en contra de mi clienta por "percepción indebida" por la friolera de $24.000 !!!; tuve que hacer un descargo donde menos lindo les dije de todo, pero ahí estoy todavía renegando con el tema, la sra. ya está cobrando, pero lo del cargo todavía no tiene resolución definitiva, seguramente terminarán descontando un 5% del haber como normalmente hacen. Suerte con lo tuyo. Saludos.
 #665158  por floppy
 
pero no puede ser que la anses luego de otorgar tenga todo el plazo del mundo para revisar....y la famosa teoria de los actos propios???? acaso esto es imprescriptible el derecho a revisar el otorgamiento.....nosotros no creo que gocemos de los mismos derechos....en fin...gracias por tu comentario....me gustaría saber si hay alguien que pueda aportar algo m as....saludos a todos floppy :P