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  • usurpacion de inmueble

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 #665405  por tisio
 
Estimados Foristas.

mi cliente radico una denuncia de usurpacion sobre un terreno que tiene en provincia de buenos aires, cuando me contrata hacemos la presentación como particular damnificado y previo a solicitar el lanzamiento del art 231 bis, del CPP, solicitamos que se expida informe nominativo de antecedentes penales para luego enviar la causa al orac.
El tema que me tiene trabado, es el siguiente: cuando hablo con el fiscal este me dice, "fijese que el imputado de autos cedio sus derechos a otra persona y que los mismos estan ocupando el inmueble; asi que, le recomiendo que vuelva a efectuar una nueva denuncia pero contra los ocupantes, por que sino no va a tener efecto el lanzamiento (del art. 231 bis del cpp) contra el imputado de autos cuando este no esta usurpando" (aclaro en este punto que los nuevos ocupantes incorporaron a la causa copia de cesion de derechos efectuada ante escribano publico firmado por el usurpador, quien supuestamente compro la propiedad 10 años antes a una persona sin documento y sin domicilio)
mi pregunta es la siguiente
1º tengo que efectuar tantas denuncias como cesiones se hayan efectuado?
yo le dije al fiscal que el señalamiento como imputado que se efectuo en la comisaria respecto al usurpador, no es de caracter definitivo.
2º como podria atacar e incorporar a la causa penal el documento presuntamente apocrifo que tienen los actuales ocupantes ?
(aclaro que mi cliente compro la propiedad hace 30 años por cesion de derecho (sin escribano), a una persona que habria comprado el terreno a una sociedad (la cual figura como titular registral desde la epoca antes señalada.)
3º podria llevar a los nuevos ocupantes a la mediacion ante ORAC.?
4ºel usurpador cede derechos o delito? porque esta es la diferencia que hice notar al fiscal.
cualquier orientación se los voy agradecer. *leo*
 #665742  por Pandilla
 
Entiendo que una persona que "cede" una cosa a otra persona, cosa de la cual no es dueño o propietario, no puede ceder nada a nadie. Habría que analizar si "cede un delito", pero, "derecho/s" no cede. Igual, espere otras opiniones.

Saludos.
 #665745  por Pandilla
 
En realidad, entiendo, nadie podría transferir sus delitos a otra persona (sea o no familiar). Por ejemplo, los delitos que Usted podría haber cometido, serían actos y hechos suyos, propios, de su propiedad, que no pueden ser transferidos a otros. Vaya, ¿qué duda.....? ¿y en las sucesiones que ocurre...?; si no mal recuerdo y entendí, lo que si se puede transmitir o transferir es la posibilidad de continuar con la Acción (¿o me equivoco....?)

Saludos.

PD: si no mal recuerdo, Usted ya consulto acerca de este tema....? ¿o me equivoco....?
 #665848  por tisio
 
el tema un poco más complejo; en realidad lo de la Cesion de derechos o de delito (como explique anteriormente) es una diferencia que le hice notar al fiscal para remarcarle (de alguna manera elegante), que quienes estan ocupando lo hacen en razón de un presunto invento a mi entender (llamado cesion) y que por supuesto nadie puede ceder un delito; pero el obrar del usurpador, provoca que el fiscal no extienda la investigacion a los demas ocupantes y me recomiende que vuelva a efectuar una nueva investigacion para los actuales ocupantes como si estos no tuvieran relacion con la investigacion.
aclaro quizas no explique bien, el punto es si mi cliente efectua una nueva denuncia, ¿que denuncia? que estos ocupantes nuevos estan dentro del inmueble pero el que usurpo es otro, y que en razon de ello se abrio una investigacion respecto al usurpador, pero que a criterio del fiscal no puede investigar a los ocupantes nuevos?
perdon por este nudo, pero me imagine a un ladron que roba una cartera en la calle y sale corriendo y al llegar a la esquina se la pasa a otro y este ultimo se la lleva corriendo. en este caso segun el criterio del fiscal, la victima tendría que efectuar una denuncia tambien por el segundo ladron. (quiero aclarar que esta pregunta que hago en el foro, la realice a dos fiscales conocidos y a un defensor de la victima, y a ellos tambien les parece rara la postura del fiscal de la investigacion, por eso insisto con diferenciar la importancia de la cesion de derechos)
gracias pandilla por su respuesta, aunque no lo crea todo este intercambio de opiniones suma a mi entendimiento respecto al caso explicado)
pd. si, yo había preguntado este tema antes, claro un poco menos extenso, porque sigo trabado con esta cuestion.
saludos
 #665981  por Pandilla
 
Ok. En el ejemplo que Usted expresa, habría participación de dos personas, digamos, "una comete el delito (o realiza el tipo penal) y la otra persona participa como complice (sea primario, secundario, etcétera)". En cambio, en el caso que Usted plantea, la primera persona realiza el tipo penal (conoce, sabe y quiere), pero, la segunda persona, tal vez, es una víctima de quien realizo el tipo penal (digamos, o supongamos, la segunda persona "acepta hacer la operación" por lo que conmunmente se entiende por Buena Fe. O sea, lo que la mayoría de las personas entienden por Buena Fe, no coincide con los requisitos que tiene el instituto de la Buena Fe Legal). Sería por esas razones y motivos que el Fiscal le solicita a Usted que denuncie a la segunda persona también, después se verá si cometió o no delito alguno. Por otro lado, la primera persona que realizo el tipo penal ya no vive en el lugar (eso no lo libera de nada), entonces, si una comisión se apersona en el lugar con una Orden de lanzamiento, se va encontrar con la novedad de que quien figura "como persona a expulzar", ya no esta en el lugar y la persona que si vive en el lugar, no figura en ningún lado como denunciada por la comisión de delito alguno.
Igual, espere otras opiniones.

Saludos.