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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #663534  por sc
 
Les hago una consulta, estoy trabajando con la pensión de mi papá tiene 37 años de autonónomos, el tema es q en algunos meses figuran deudas porque al cambiar de categorías se pagó de menos, quiero saber si voy bien. Tiene meses sueltos con deuda entre el año 70 y 80 que puedo prescribir, ahora bien del 9/99 a 6/2004 figura deuda (bastante) hablé en Afip, ya q tengo todos los comprobantes, pero me dijeron que se siguió pagando otra categoría que no era la q correspondía. Para sacar deuda prescribi del 9/1999 a 11/2000 y luego por 25321 renuncié desde el 12/2000 a 06/2004, de esta menera me quedarian 34 años, està bien asi, puedo usar los dos beneficios? Para renunciar tiene q tener los 30 años, verdad?
Muchas gracias
 #663555  por MARIO1943
 
sc escribió:Les hago una consulta, estoy trabajando con la pensión de mi papá tiene 37 años de autonónomos, el tema es q en algunos meses figuran deudas porque al cambiar de categorías se pagó de menos, quiero saber si voy bien. Tiene meses sueltos con deuda entre el año 70 y 80 que puedo prescribir, ahora bien del 9/99 a 6/2004 figura deuda (bastante) hablé en Afip, ya q tengo todos los comprobantes, pero me dijeron que se siguió pagando otra categoría que no era la q correspondía. Para sacar deuda prescribi del 9/1999 a 11/2000 y luego por 25321 renuncié desde el 12/2000 a 06/2004, de esta menera me quedarian 34 años, està bien asi, puedo usar los dos beneficios? Para renunciar tiene q tener los 30 años, verdad?
Muchas gracias

RENUNCIAS CON LA 25321 TODOS LOS PERIODOS D DEUDA , NO USES LA PRESCRIPCION, PORQUE TENES PERIODOS PAGOS CON OTRAS CATEGORIAS Y POR ESO TE ARROJA DEUDA Y EL RESULTADO TE TIENE QUEDAR 30 ANOS COMO MINIMO
 #664828  por sc
 
gracias por contestar, la verdad que hace un montón q estoy con esto y no logro buscarle un final para presentarla, en un principio pensé q estaba todo bien porque estan todos los comprobantes desde q comenzó a trabajar, pero ahora me encuentro con estas deudas y diferencias.
Paso en limpio para q se entienda.
Tiene aportes como autónomo desde 04/71 a 05/2010 que fallece.
Desde 09/1999 a 06/2004 figura deuda, en afip me explicaron que ello se debe a q se abonó otra categoría. Renuncio todo este período por 25321? asi me quedan 34 años.
en el 70 también surgen algunas deudas, también las renuncio?
Lo importantes es que me queden 30 años para aplicar la renuncia , verdad?
 #664840  por lilita09
 
Buen día SC siempre que haces consultas tira mas datos ej. fundamental año de nac. de tu cliente,así podremos ayudarte con datos precisos, por lo que veo del 04/71 al 09/93 tenes 22 años y 6 meses eso porque comentas que en adelante tiene deuda y según la fecha de nac. podrías comprar hacia atrás a partir de los 18 años
 #664941  por ISIS
 
sc escribió:gracias por contestar, la verdad que hace un montón q estoy con esto y no logro buscarle un final para presentarla, en un principio pensé q estaba todo bien porque estan todos los comprobantes desde q comenzó a trabajar, pero ahora me encuentro con estas deudas y diferencias.
Paso en limpio para q se entienda.
Tiene aportes como autónomo desde 04/71 a 05/2010 que fallece.
Desde 09/1999 a 06/2004 figura deuda, en afip me explicaron que ello se debe a q se abonó otra categoría. Renuncio todo este período por 25321? asi me quedan 34 años.
en el 70 también surgen algunas deudas, también las renuncio?
Lo importantes es que me queden 30 años para aplicar la renuncia , verdad?
Tenes que comentar tal como te dice la otra forista, cuando nacio...
Y yo no usaria prescripcion, tal como te indica Mario...
Yo lo armaria asi: Haces sicam 1 desde el inicio, creo que en el 4!71...hasta el fallecimiento , si es que estuvo inscripto hasta esa fecha, luego en beneficios podes aplicar la 25321 a todos los periodos posteriores al 9!93 con deuda...
y luego en sicam 2 amplia desde el mes posterior al que cumplio los 18 hasta el 3/71 a ver cuantos años te da...
Los periodos anteriores al 9/93 con deuda los podes incluir en la moratoria...
Armala y la vemos...
 #665210  por sc
 
ok. Es la pensión de mi papá.
Fecha de nacimiento 03/07/49
Fecha de fallecimiento 02/05/2010. Falleció a los 60 años.
Tiene aportes como autonomo desde 04/71 a 05/2010 que fallece. Estaba inscripto. Tengo todas la boletas desde el año 71. Según cada boleta está todo pago y al día. lo único es que a partir de 9/99 a 06/2004 se pagó de menos (de acuerdo a lo q me explicaron en afip) En el sicam figura dicho período como categoría B, pero tengo la inscripción al monotributo y él siguió pagando asi. Me tienen q traer el original de la opción por monotributo y me voy hablar a la afip.
De todas maneras les paso lo q surge del sicam

Periodos prescriptos:
Cat E 04/71 a 06/80
Cat A1 07/80 a 12/86
Cat B' 01/87 a 11/00

Períodos no prescriptos:
Cat B' 12/00 a 06/04
Monotributo 07/04 a 05/10

La deuda más grande figura del 09/99 al 06/2004. Las deudas no son por aportes impagos.
luego hay deuda en distintos períodos: 01/73 a 05/77
06/77 a 06/79
07/79 a 06/80
10/80 a 03/84

Lo que me había dicho un colega es que renunciara dicho período. Asi me quedarían 34 años, pero me quedaría la otra deuda. estoy perdida.....
 #665432  por lilita09
 
Aplica la 25321 y renuncia todo lo que tenga deuda, y controla que te queden tus 30, años en definitiva si tenes pequeñas deudas en los años que decis si son pequeños saldos los pagas y sino los reliquidas en el sicam,suerte.
 #665557  por lilita09
 
sc escribió:pero las deudas q puedo renunciar tienen q ser posteriores al 93, o no?
Podes renunciar todas las deudas que quieras, pero diria Mario1943 para que ? si las tenes que comprar hasta 09/1993, ahora SC pobre tu viejo :shock: lograra jubilarse ? :mrgreen:
 #665633  por dramamita
 
no tenia regularidad????????????????????''' o solo genero deuda tu papa???????????

revisa bien, tal vez puedas ir por 15 años ........aplicar dto. 526.............. analiza todas las opciones

perdon mi onda :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: pero creo que tu papa nunca fue asesorado por un buen contador y ahora la pension no es sencilla..............si renuncias a todos los periodos con deuda no vas a llegar a los 30 años
 #665690  por MARIO1943
 
sc escribió:ok. Es la pensión de mi papá.
Fecha de nacimiento 03/07/49
Fecha de fallecimiento 02/05/2010. Falleció a los 60 años.
Tiene aportes como autonomo desde 04/71 a 05/2010 que fallece. Estaba inscripto. Tengo todas la boletas desde el año 71. Según cada boleta está todo pago y al día. lo único es que a partir de 9/99 a 06/2004 se pagó de menos (de acuerdo a lo q me explicaron en afip) En el sicam figura dicho período como categoría B, pero tengo la inscripción al monotributo y él siguió pagando asi. Me tienen q traer el original de la opción por monotributo y me voy hablar a la afip.
De todas maneras les paso lo q surge del sicam

Periodos prescriptos:
Cat E 04/71 a 06/80
Cat A1 07/80 a 12/86
Cat B' 01/87 a 11/00

Períodos no prescriptos:
Cat B' 12/00 a 06/04
Monotributo 07/04 a 05/10

La deuda más grande figura del 09/99 al 06/2004. Las deudas no son por aportes impagos.
luego hay deuda en distintos períodos: 01/73 a 05/77
06/77 a 06/79
07/79 a 06/80
10/80 a 03/84

Lo que me había dicho un colega es que renunciara dicho período. Asi me quedarían 34 años, pero me quedaría la otra deuda. estoy perdida.....
CUANTA PLATA ES LA OTRA DEUDA, QUE CREO QUE ES LA QUE SE PAGO CON UNA CATEGORIA MAS BAJA, A PESAR DE ESTAR LOS PERIODOS PAGOS CON CATEGORIA BAJA
 #666437  por sc
 
gracias por las opiniones...sigo analizando todo...
lilita09: tengo q sacarle la pensión a mi mamá. Mi papá falleció repentinamente por gripe A siendo un trabajador en actividad. Tenía 60 y 37 años de aportes. Por lo q puede analizar la deuda surge por problemas en la categoría, ahora encontré la declaración jurada de inscripción al monotributo y voy a ir a preguntar a la afip. No hay deuda por meses sin aportes.
Dramamita, la regularidad la tiene, la deuda surge entre el 99 y 2004. por eso pense como primer opcion: prescribir lo viejo, renunciar (manteniendo los 30 años de aportes) y con lo q me queda utilizar el decreto 526.
El decreto se puede aplicar a periodos anteriores al 93?, porque he leido q solo se puede aplicar a los posteriores al 10/93: les explico, antes q me digan de todo para q los prescriba....si renuncio la deuda grande q es desde el 99 al 2004, despues me quedan pequeñas deudas entre el 70 y el 80 (q realmente no se a q se deben porque tengo todos los pagos en tiempo y forma, seguramente exista problema en la categoría) y si las prescribo me paso de los 30 años de aportes para aplicar la 25321. Se entiende?
Mario1943, el tema del contador es un GRAN TEMAAAA!!! es un familiar q en el ultimo tiempo viaja mucho al exterior asi q no le puedo preguntar nada...bastante complicado....mi unico objetivo es poder hacer la pensión, ya q mi mamá la necesita.
gracias a todos, las opiniones me sirven muchisimo.
 #668477  por sc
 
vuelvo con el tema....finalmente existió un error por parte del contador, (q obviamente ni se hizo cargo) nunca fue grabada por AFIP la inscripción al monotributo en 09/1999, por lo q durante el periodo 09/1999 a 06/2004 figuraba deuda, ya q continuaba inscripto a la categoría B. Presenté toda la docuemtación de la inscripción en la delegación de Afip y me arreglaron todo.
El tema es q me figuran deudas por distintos periodos en los años 1973 a 1990, pregunté en Afip para ver si se podía corroborar y me informaron q no se puede, que los valide.
Por otro lado los prescribo y en la nueva liquidación me figura un periodo anterior al indicado ut supra (1972) con deuda, q en la liquidación anterior figuraba 0.
Me da bronca tener todos los tickets pagados al vencimiento, 37 años de aportes y porque en el sicam me surgen estas deudas prescribir todo, de esta menera me quedan 20 años de aportes....y no se q hacer
Aclaro q las deudas deben ser por diferencias, ya q en pagos figuran, lo único q estoy corroborando en este momento q algunas fechas de depositos son posteriores (2 o3 días ) a la fecha q figura en el ticket.
Que opinan q haga, valido todos los ticket (son muchísimos) o bien prescribo todo lo q me genere deuda y voy por la regularidad (sería regular con derecho 30/36)