Me embarga la emoción...que -como decía el humorista español Vital Aza- siempre es mejor a que nos embargue el casero. Les paso a contar.
En 24 de marzo del año 2000 llevé a cabo una mediación oficial entre una institución financiera, y una persona física, en los respectivos roles de requirente y requerida. Fracasó la mediación, por incomparecencia de la requerida.
El juicio quedó radicado en uno de los juzgados comerciales de Marcelo T. de Alvear, casi esquina Callao.
Pasaron los años , y como dice el tango, mil desengaños...
Y un día de diciembre de 2010, diez años y nueve meses más tarde, -como también dice un tango-, la requerida ..."volvió una noche, no la esperaba, había en sus ojos tanta ansiedad..."Las partes habían llegado a un acuerdo, poniendo fin a su decanual pleito. Luego, sigilosamente, y como diría la crónica policial, "se fugaron por los fondos".
Pero cometieron una omisión. Habían graves medidas cautelares por medio, y cuando la requerida solicitó el levantamiento de las mismas, un preclaro juez le recordó que, previo a todo, debía acreditarse el desinteresamiento de los peritos y...¡el mediadorrrr! (o séase, el que esto escribe).
Volvió una noche...no la esperaba...Traía las 3/4 partes de mis honorarios de mediador, que eran el máximo del arancel...¡Y buáh...es fin de año, la calle está dura...! Le extendí la correspondiente carta de pago a su letrada, y agradecí emocionado hasta las lágrimas desde el fondo de mi corazón a ese lúcido magistrado que recordó que los auxiliares de la Justicia no deben ser defraudados, so peligro de que la anomia reinante en nuestro medio también se apodere de los mecanismos procesales.
Debería haber un "Cuadro de Honor" donde se inscribiesen mensualmente los jueces que se acuerdan de dar cumplimiento a la norma impuesta por la ley de mediación y su reglamentación, acerca de la obligación de notificar al mediador de la sentencia recaída, y la atribución de costas.
¿O pretende la Justicia que el mediador persiga durante diez años y varios meses el pleito ajeno, para saber cuándo y cómo termina…?
Ya en otro hilo de este foro de Mediación empecé a esbozar lo que doy en llamar “el juego de los siete errores” que plagaron la institución mediatoria. Bueno, acá ya tienen otro: sólo unos pocos jueces se tomaron la molestia de recordar que el/la mediador/a debe ser notificado/a de la terminación del juicio, a fin de presentarse a derecho en lo que a sus honorarios se refiere.
Sólo si TODOS los magistrados actúan como el que requirió mi desinteresamiento como condición “sine qua non” para dar por finiquitado el pleito y archivable el expediente, la mediación podrá ser considerada con seriedad. De lo contrario, seguirá siendo un “bluff”.
En 24 de marzo del año 2000 llevé a cabo una mediación oficial entre una institución financiera, y una persona física, en los respectivos roles de requirente y requerida. Fracasó la mediación, por incomparecencia de la requerida.
El juicio quedó radicado en uno de los juzgados comerciales de Marcelo T. de Alvear, casi esquina Callao.
Pasaron los años , y como dice el tango, mil desengaños...
Y un día de diciembre de 2010, diez años y nueve meses más tarde, -como también dice un tango-, la requerida ..."volvió una noche, no la esperaba, había en sus ojos tanta ansiedad..."Las partes habían llegado a un acuerdo, poniendo fin a su decanual pleito. Luego, sigilosamente, y como diría la crónica policial, "se fugaron por los fondos".
Pero cometieron una omisión. Habían graves medidas cautelares por medio, y cuando la requerida solicitó el levantamiento de las mismas, un preclaro juez le recordó que, previo a todo, debía acreditarse el desinteresamiento de los peritos y...¡el mediadorrrr! (o séase, el que esto escribe).
Volvió una noche...no la esperaba...Traía las 3/4 partes de mis honorarios de mediador, que eran el máximo del arancel...¡Y buáh...es fin de año, la calle está dura...! Le extendí la correspondiente carta de pago a su letrada, y agradecí emocionado hasta las lágrimas desde el fondo de mi corazón a ese lúcido magistrado que recordó que los auxiliares de la Justicia no deben ser defraudados, so peligro de que la anomia reinante en nuestro medio también se apodere de los mecanismos procesales.
Debería haber un "Cuadro de Honor" donde se inscribiesen mensualmente los jueces que se acuerdan de dar cumplimiento a la norma impuesta por la ley de mediación y su reglamentación, acerca de la obligación de notificar al mediador de la sentencia recaída, y la atribución de costas.
¿O pretende la Justicia que el mediador persiga durante diez años y varios meses el pleito ajeno, para saber cuándo y cómo termina…?
Ya en otro hilo de este foro de Mediación empecé a esbozar lo que doy en llamar “el juego de los siete errores” que plagaron la institución mediatoria. Bueno, acá ya tienen otro: sólo unos pocos jueces se tomaron la molestia de recordar que el/la mediador/a debe ser notificado/a de la terminación del juicio, a fin de presentarse a derecho en lo que a sus honorarios se refiere.
Sólo si TODOS los magistrados actúan como el que requirió mi desinteresamiento como condición “sine qua non” para dar por finiquitado el pleito y archivable el expediente, la mediación podrá ser considerada con seriedad. De lo contrario, seguirá siendo un “bluff”.