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  • SEGUNDO OTORGAMIENTO DE PROBATION

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 #667682  por luchor
 
GIGI: La opinion del damnificado o querellante o particular damnificado en el otorgamieto de la probation no es vinculante ni interesa. La unica opinion vinculante es la del ministerio publico fiscal, siempre y cuando sea fundado. Y hacer una nota diciendo que no la quiere por insuficiente, con la causa civil prescripta es hacerle perder algo de guita al damnificado, pues es la ultima chance que tiene de agarrar algo. Si la causa prescribio, lo mejor es que acepte ese dinero. aunque sea poco.
 #668230  por gigi27
 
luchor escribió:GIGI: La opinion del damnificado o querellante o particular damnificado en el otorgamieto de la probation no es vinculante ni interesa. La unica opinion vinculante es la del ministerio publico fiscal, siempre y cuando sea fundado. Y hacer una nota diciendo que no la quiere por insuficiente, con la causa civil prescripta es hacerle perder algo de guita al damnificado, pues es la ultima chance que tiene de agarrar algo. Si la causa prescribio, lo mejor es que acepte ese dinero. aunque sea poco.
Gracias por tu respuesta Luchor, un copado, pero con $100 no paga ni la consulta y encima se sentia como si le estuviese haciendo un favor!(conociendo el caso a fondo, entiendo la indignación de este buen hombre, mi cliente obvio) Como la contraparte es un policia retirado y seguramente quiere entrar en la nueva fza se me ocurrió este manotazo de ahogado, total los $ 100 no servian ni para que me pague el *cafe* :mrgreen:
Saludos!!! *abrazo*
 #670475  por Andres125
 
aprendiza_law_girl escribió:¿Por que la segunda Probation se otorgaría luego de los 8 años según el código? , no se está utilizando derecho de autor o doble valoración por registrar una condena, y si se borran los antecedentes ... porque acá vuelven a aparecer al extremo de no conceder una segunda probation?[/u]
Algo no me cierra bién sobre la cuestión de usar la pena anterior para negar la segunda probation, o sea que la persona mejor que ni maneje, ni vaya a una fiesta... a ver si se arma lío y tiene una nueva causa aunque sea lesión culposa con la bicicleta y de ahí directo a la cárcel!
Hola aprendiza, no se otorga una segunda probation si no transcurrieron ocho años desde la comisión del nuevo delito (mala tecnica legislativa, debe leerse "proceso que se intenta suspender a prueba", puesto que si decimos delito, ya no habria proceso que suspender) por una cuestion de politica criminal, es decir, porque lo dice el legislador.
El instituto por mismas cuestiones podria no haber sido agregado, y lo fue bajo esas condiciones. No creo que haya mucho para objetar, aunque de hecho sucede XD.
no se usa una pena anterior para negar una segunda probarion, puesto que no hubo juicio. Pero por ocho años de extinguida la accion anterior no puede volver a solicitarse otra prbation, por lo que te puse primero. Y en caso que no se de, no implica que vaya a la carcel, primero ira a un juicio, y luego en caso de ser hallado culpable, sera condenado, que por una causa por lesiones culposas, nadie va preso en este pais :lol: .
saludos.