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 #665581  por sol1984
 
hola!!!! quisiera saber de manera urgente quien me puede decir exactamente la función del sellado. se que es para adquirir fecha cierta frente a terceros. pero por ejemplo, para estar amparado el locador frente a algun problema que ocurra en la cosa locada, accidentes o demás, sólo con el contrato basta no???
 #665601  por poorlaw
 
sol1984 escribió:decir exactamente la función del sellado
El único fin del sellado es el recaudatorio.

Saludos.
 #667483  por IVAS2011
 
hola, mira yo hago contratos aun antes de comenzar a ejercer porque mi ama tiene casas q alquila y te recomiendo que si bien es cierto q el fin es recaudar!!le hagas hacer el sellado, (en la pcia de Córdoba la boletita para pagar la sacas de la pagina de www.cba.gov.ar, en rentas)yo en una clausula del contrato fijo que el costo de tal es soportado por locador y locatario en partes iguales, aparte de otrogar fecha cierta, le da efecto frente a terceros en caso que ulteriormente exista alguna clase de conflicto.-saludos!!
 #667840  por flux
 
Yo diria el sellado mandado al cuerno. No sirve para mucho realmente. Lo de la fecha cierta es dentro de un juicio impugnable, porque al caso el sellado bancario no hace fe publica de la fecha en que se sella desde que el operador del banco al momento de sellarlo no suple a un escribano. Si realmente estas interesado en que el contrato haga plena fe respecto de la fecha en que se firmó hacele certificar las firmas ante escribano el mismo dia que se firma y olvidate del sellado.
 #667859  por IVAS2011
 
hola, ya q estamos y veo q la tenes clara respecto a la función del sellado, (igual te creo en tema costos -que obviamente depende del importe del sellado-, te conviene este a la certificación de la firma) tengo un juicio de alimentos (el unico, por mi mala experiencia en estos casos, sin tener en cuenta lo antieconomico porq que si uno toma estos casos es por compromisos y porque realmente quiere y siente la necesidad de ayudar) en el cual el padre del menor quien es el esposo de la madre del menor, hace abandono de hogar, y deja de cumplir aparte de los deberes de cohabitación con los de asistencia familiar, atento a esta situación demandamos por alimentos, el demandado presenta un contrato de locación sin estar sellado ni certificadas las firmas, en el instrumento figura como locatario el demandado del bien que es sede del hogar conyugal con la locadora que es casualmente su hermana, cuando mi clienta es decir su esposa siempre tuvo entendido que el bien era de propiedad de su marido, la palmaria intención es desconotar el canon a la cuota alimentaria, nosotros desconocimos ese contrato es base a que carece de fecha cierta, y no nos es oponible, espero alguna sugerencia de tu parte!!muchas gracias!!!!