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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #667478  por MaleMile
 
Hola a todos. En primer lugar le cuento que soy nueva en el foro y en la profesión. Comencé el ejercicio a mitad de año con una causa de familia bastante complicada (alimentos-violencia-tenencia- etc.) y me vendría bien algo de ayuda.
Una de las cuestiones es que ya tengo sentencia de alimentos en donde se condena al demandado (yo patrocino a la actora ) a pagar una suma de $3700. La sentencia salió a mediados de diciembre y no pagó hasta ahora y le dice que no le va a pagar (él apelo). El problema es que voy a tener que ejecutar esa sentencia pero acá es donde se complica, el demandado es un profesional que gana mucho dinero pero tiene un recibo de sueldo por $4.500 por su trabajo en relación de dependencia. Sé que no voy a poder embargar el haber por los 3500. Además de ese sueldo, nosotros presentamos contratos de honorarios por su labor profesional que se tienen que presentar en el colegio de ing y arqu., y de ahí fue que se pudo comprobar que gana más dinero de lo que el quiere hacer creer, aunque la empresa para la que trabaja dice que el sueldo es el que figura en el recibo. La pregunta es: cómo lo embargo? cómo hago para que le pague? . Hay que tener en cuenta que no por el momento no hay divorcio y sólo hay un bien ganancial. Tenía un bien propio que lo vendió.
Muchas gracias.
 #667496  por diegogvillamayor
 
Vos tenes una cuota alimentaria mensual de 3700? o eso es el monto de los alimentos no abonados?
si el tiene un recibo de 4500 pedi retencion directa por 3700 si es de cuota alimentaria mensual y van a a tener que reterno y depositarlo si o si, ya que en cuestiones alimentarias no hay limite de retencion y/o embargo.
saludos.
 #667686  por MaleMile
 
Gracias por responder. Es la cuota mensual fijada por juez. La idea es pedir la retención directa, pero estoy pensando en otra posibilidad. Seguro que va haber oposición y por eso me atajo con otra opción. saludos
 #668303  por Tiburcio
 
Como te dijo el colega Villamayor van a tener que retenerle el monto de la cuota fijada por el juez y depositarla en el banco del juzgado.
No hay ningún óbice legal para cumplir con eso.
Si tenés temor de que el empleador vaya a poner dificultades pedí al juez un plazo breve para la contestación (3 días), bajo apercibimiento de aplicar una multa diaria sin perjuicio de denunciarlos por el delito de desobediencia.

De todas maneras y como lúcidamente lo prevés, la cosa recién empieza. En los temas de familia haber dado un golpe no privará a tu cliente de recibir otro prontamente y en algún costado que tiene desguarnecido.

No te envalentones y trabajá siempre por un acuerdo global que pacifique a las partes. Será el mejor servicio para los niños.
 #668638  por MaleMile
 
Sí, me temo que puede pasar algo de lo que vos decís, por eso quiero asegurarme del paso que tengo que dar. La cosa viene muy complicada, el demandado se la pasa denunciando falsas conductas de la actora , por ahora se las pudo controlar (ya tenemos 7 expedientes). Es una persona violenta pero sumamente manipuladora con el resto de las personas. Voy a poner en practica el consejo de pedir la multa, gracias.
Otra pregunta inexperta: ya tengo la sentencia, él apelo (todavía tiene que presentar el memorial), vino la feria, no pago ni diciembre ni enero. La pregunta es: tengo que iniciar la ejecución de la sentencia por separado o en el mismo expediente denuncio el incumplimiento y pido el embargo?. En resumen cómo sigue?
gracias