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 #66768  por natalita
 
hola foristas el caso de hoy es el siguiente: A vende a B en el año 1992 un lote de terreno en pcia de bs as. no se porq causa razon o fundamentos no se firma boleto, A solo otorga a B los recibos firmados en cada pago y la escritura antecedente. ahora 15 años despues B quiere escriturar y se comunica con A para esto, pero resulta que A falleció hace 5 años aunque la esposa de A le dijo que ella le firmaba todo lo que tenia que firmar un boleto o la escritura misma q no habia problemas. ahora... no se si el bien en cuestión estaba a nombre de ella o del fallecido pero como sea es ganancial, ni sé si hicieron sucesión pero de haberla hecho supongo q no lo habran incluido por estar vendido al momento del fallecimiento... que solución me pueden dar? que es lo mejor y mas sencillo para que B pueda escriturar? se puede hacer validamente un boleto hoy? a q fecha ? a la fecha de hoy? para no pagar multa del timbrado digo:.. y fecho el boleto en el plazo que el comprador junte el dinero para escriturar se escritura sin problemas firmando B y la esposa de A?? es mucho lio??? gracias

 #66854  por DAL
 
Lo primero de todo es ir al registro de la propiedad y ver a nombre de quien esta hoy ese inmueble.

Si esta a nombre de cualquiera de los dos conyuges, el vivo o el muerto, y esta comprado de casados, tenes que hacer la sucesión y te tienen que firmar todos los herederos. Si es de la SRa. de soltera sería el unico caso donde zafas de la sucesion. E irias directo al escribano.

Una vez que sepas quien es el dueño sus herederos te pueden firmar le boleto. Eso sí estudiá como vas a hacer ese boleto. Retroactivo no podés porque hace 15 años el muerto estaba vivo y te lo tendría que haber firmado el.
Si lo haces ahora podés poner que ya se entregó XX cantidad de pesos y listo, o bien que ya se pagó, pero corres riesgo (no muy alto) por la ley 25345.

Pero lo primero siempre es ver donde estas parada: quien es el dueño, con quien hay que negociar.

Saludos.

 #66879  por BATUCHI
 
Pero si lográs dar con el dueño o los herederos no tienen problema en la firma, pregunto: para qué el boleto?? Sería como negarle a B los 15 años que estuvo en posesión de la propiedad. O por lo menos sacarle un buen indicio de prueba si el boleto se hace con fecha de hoy...no sé, digo. Yo escrituraría directamente

 #66883  por DAL
 
El boleto ahora sirve para prenderlos hasta que se terminen los papeles. No se sabe que grado de confianza habrá y que tan buena voluntad tendrán otros herederos, que apenas se avivan de que la cosa todavía tiene resto . . . quieren sacar algo, o todo !!! Hay tantos que mejor cuidarse . .. Porque encima le faltan 5 años para usucapir.

 #66886  por Sailaw
 
Todo lo dicho, o esperar cinco años más.

 #66936  por noni18
 
DAL escribió:El boleto ahora sirve para prenderlos hasta que se terminen los papeles. No se sabe que grado de confianza habrá y que tan buena voluntad tendrán otros herederos, que apenas se avivan de que la cosa todavía tiene resto . . . quieren sacar algo, o todo !!! Hay tantos que mejor cuidarse . .. Porque encima le faltan 5 años para usucapir.
A mi entender creo que lo que haria es: Primero verificar titularidad en el Registro. De comprobar que el bien es ganancial, intimaria por carta documento al comprador a que escriturar (por mas q sepas que falleció yo haria como que no se nada). Si te contestan te firmarán los herederos y si no te contestan la carta documento iniciar juicio por escrituración y q salga la escritura por sentencia.

 #67014  por DAL
 
Noni:

No hay que intimar por carta documento al comprador ya que el que consulta esta por el comprador. En todo caso al vendedor.
Si vamos de entrada con la intimación podemos estar fritos ya que no se puede iniciar el juicio de escrituracion porque NO HAY BOLETO. Asi que para que empezar amenazando con amenazas que no se van a cumplir.
Mejor documentar algo mientras hay paz y buena voluntad, que no suelen durar mucho.

 #67083  por natalita
 
la mujer de A tiene la mejor voluntad de firmarme todo lo que tenga que firmar. o sea q si no hizo la sucesión hay que hacerla y si la hizo como estoy segura que no denunció ese bien porq estaba vendido hace años al momento de la muerte, hay q denunciar ese bien. ahora si tiene declaratoria a favor de ella y sus hijos no pueden ellos firmarme el boleto y luego la escritura????? otra posibilidad q se me ocurre es al denunciar ese bien en la sucesión y teniendo declaratoria se podria pedir la inscrpción por tracto abreviado de la declaratoria (sino estubiera inscripta obvio) y la venta?? supongo q si no??

 #67084  por Sailaw
 
Si, se puede denunciar el bien y la venta, acreditar las condiciones de dominio del vehiculo, pagar la tasa, y pedir la inscripción directamente a el comprador por oficio.

El escrito debe estar firmado por todos los herederos y la titular de la gananciabilidad.