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  • es posible no usar los años pagos de sdm?¿

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #668812  por nena
 
hola que tal les hago una consulta estoy haciendo una jubilacion de un sr. que tiene varios años trabajados en relacion de dependencia,tambien tiene años pagos como autonomos mas algo q le compre en moratoria se jubilaria barbaro!!!!!!!
el tema es q tiene pagos de sdm de 35$ por el periodo q va del 04/2000 al 09/2001 èl realmente los trabajo como sdm osea q por encotrar al dador de trabajo no habria drama!!!!!! pero como tendria que pagar los inetreses, estuve calculando y no conviene para nada!! osea q mi pregunta seria.... PUEDO DECLARA ESOS AÑOS de SDM EN EL SICAM Y RENUNCIARLOSª!!! asi no tendria el sr. q pagar los intereses?¿
 #668888  por arielruiz86
 
No seria renunciarlos, seria reservarlos. Pero fijate si es tanto los intereses como presumis? porq si decis que estan pagos en ese periodo (pagos comtemporaneos) no deben haber generado intereses o no son tantos.
 #668956  por fabidoc
 
SI, yo no aclaré pero lo dí por sabido que era hacer reserva(lo otro de hecho no lo permite el sistema). Aparte dice que es SDM de $35 será el de $55? con componente previsional de $35? :roll:
 #668985  por tormenta
 
Hola chicos, hace unos meses tuve un caso igual al que comentas y no inclui los periodos en sicam, ahora me citaron para que presente nueva liquidacion de sicam incluyendo los periodos de sdm. Les explique que no los necesita, que aunque los incluya en sicam y hagan verificacion y venga negativa porque el dador fallecio, el beneficio le corresponde igual porque llega a los años. Pero igual me piden nueva liquidacion. En que norma se basan ustedes para hacer reserva de esos servicios?
 #669010  por fito657
 
A mi me dijeron que tenía que liquidarlos para que no contradijera el sijp pero que no lo presente en la spp y que hiciera nota aclarando y haciendo reserva pero cada udai es un mundo. La normas son las benditas circulares que nos las aplican a nosotros como si fueramos partes de la administración.
 #669011  por MARIO1943
 
tormenta escribió:Hola chicos, hace unos meses tuve un caso igual al que comentas y no inclui los periodos en sicam, ahora me citaron para que presente nueva liquidacion de sicam incluyendo los periodos de sdm. Les explique que no los necesita, que aunque los incluya en sicam y hagan verificacion y venga negativa porque el dador fallecio, el beneficio le corresponde igual porque llega a los años. Pero igual me piden nueva liquidacion. En que norma se basan ustedes para hacer reserva de esos servicios?
LO QUE PASA, ES QUE VOS TENES QUE PONER ESOS PERIODOS LO MISMO EN SIT. D E REVISTA, POR ESO TE PIDEN NUEVA LIQUIDACION Y EN DETALLE DE DEUDA, TE VA SALIR CON DEUDA ESOS PERIODOS, CUANDO HACES LA PLANILLA DE INICIO, AHI EN OBSERVACIONES, HACES RESERVA
 #669062  por tormenta
 
Ahhh.... Ok. entonces incluyo los periodos que figuran en sijip, y aunque salga deuda de intereses en detalle de deuda lo presento asi haciendo reserva de esos periodos mediante nota??
 #669988  por SIPOL82
 
Hola. A mi me pasa algo similar, ya que la persona tiene más de dieciseis años abonados con servicio doméstico en tiempo y forma y en un mes le figura una deuda que con los intereses es más de $300 (es marzo del año 2000), comprándole años por moratoria la podría jubilar. Podría renunciar a ese mes? o sio si el sicam tiene que dar cero? gracias
 #670070  por fabidoc
 
SIPOL82 escribió:Hola. A mi me pasa algo similar, ya que la persona tiene más de dieciseis años abonados con servicio doméstico en tiempo y forma y en un mes le figura una deuda que con los intereses es más de $300 (es marzo del año 2000), comprándole años por moratoria la podría jubilar. Podría renunciar a ese mes? o sio si el sicam tiene que dar cero? gracias
Si, podés hacerlo.
 #670161  por SIPOL82
 
Ok. Muchas gracias. Entonces, declaro ese perìodo en el sicam (septiembre de 2001) que es el que no fue abonado y que por lo tanto genera muchos intereses y en la SPP en observaciones hago reserva de ese período no? gracias