Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • RRDD TRABAJADOR RURAL + AYUDA!!

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #668922  por cecili
 
A ver si alguien me da una manito porq estoy super perdida con este caso.
Se trata de un trabajador rural a jornal. Nacido en 03/1946 y tiene recibos de sueldos desde 1973, pero tiene trabajados 1 o 2 días por mes. Entre todos esos días suma 83 días trabajados desde 1973 a 1982! Despues tiene 5 años como trabajador mensualizado trabajados desde 1983 a 1988. Y 9 meses como autonomos durante el año 1995. Como llego a los 30 años con este señor????
Ni les cuento el lío que tengo con la probatoria de servicios ya que en la historia laboral no aparece casi ningun aporte! lo bueno es que tengo los recibos de sueldos, pero no tengo ninguna certificacion de servicios!.

Alguien que me tire una soguita como para largar!!

Muchas Gracias
 #668965  por MARIO1943
 
cecili escribió:A ver si alguien me da una manito porq estoy super perdida con este caso.
Se trata de un trabajador rural a jornal. Nacido en 03/1946 y tiene recibos de sueldos desde 1973, pero tiene trabajados 1 o 2 días por mes. Entre todos esos días suma 83 días trabajados desde 1973 a 1982! Despues tiene 5 años como trabajador mensualizado trabajados desde 1983 a 1988. Y 9 meses como autonomos durante el año 1995. Como llego a los 30 años con este señor????
Ni les cuento el lío que tengo con la probatoria de servicios ya que en la historia laboral no aparece casi ningun aporte! lo bueno es que tengo los recibos de sueldos, pero no tengo ninguna certificacion de servicios!.

Alguien que me tire una soguita como para largar!!

Muchas Gracias
1) CUMPLE LOS 65 EN 03/2011
2) SI EXISTE LA EMPRESA, MANDA CARTA DOCUMENTO, RECLAMANDO LA CERT. DE SERV. CASO CONTRARIO LO MISMO ENVIAS LA CARTA DOC. CON ESO DEMOSTRAS QUE LA EMPRESA YA NO EXISTE Y LEE LA PROVATORIA DE SERVICIOS RESOLUC.524/08
3) PEDIS RECONOCIMIENTO EN ANSES CON RECIBOS , LA CARTA DOC. QUE TE VINO DEVUELTA Y OTRO COMPROBATES, CARNET SINDICATO, O. SOCIAL ETC
4) LE FALTAN 6 MESES PARA LOS 30
5) 2 OPCIONES , ESPERAR UN ANO A PARTIR D E 03/2011 Y LOGRAS LOS 30 CON ART. 19
O EMPEZAS A PARTIR DE AHORA , A PAGAR SDM A PARTIR 10/2011, EM MARZO CUANDO CUMPLA 6 MESES DE SDM, LOGRAS LOS 30 Y QUE S IGA PAGANDO
UNOS MESES MAS, LOS DE SDM , SI TE DENIEGAN EL BENEFICIO POR LOS SDM, NO ES MUCHO LO QUE SE PIERDE EN DINERO , TE QUEDA LA PRIMERA OPCION
 #668974  por fabidoc
 
cecili escribió:A ver si alguien me da una manito porq estoy super perdida con este caso.
Se trata de un trabajador rural a jornal. Nacido en 03/1946 y tiene recibos de sueldos desde 1973, pero tiene trabajados 1 o 2 días por mes. Entre todos esos días suma 83 días trabajados desde 1973 a 1982! Despues tiene 5 años como trabajador mensualizado trabajados desde 1983 a 1988. Y 9 meses como autonomos durante el año 1995. Como llego a los 30 años con este señor????
Ni les cuento el lío que tengo con la probatoria de servicios ya que en la historia laboral no aparece casi ningun aporte! lo bueno es que tengo los recibos de sueldos, pero no tengo ninguna certificacion de servicios!.

Alguien que me tire una soguita como para largar!!

Muchas Gracias
Agrego
Yo dejaría de lado lo rural porque es un garrón si trabajó 1 o 2 días, no te sirve para nada.
Lo del 83 al 89, fijate si no te figura algo en el SIJYP y el porcentaje.
Si los 9 meses de autónomos del año 1995 los tiene pagos, no necesitás SDM, y aplicás 7 años de DDJJ.-
 #669299  por cecili
 
Muchas Gracias por su ayuda!!!! No saben cuanto lo valoro!!!

Estuve leyendo la 524/08 y puedo llegar a probar unos cuantos años.

La duda que tengo es sobre la forma de confeccionar la moratoria teniendo en cuenta los días trabajados. Ej. en el 77 trabaja el 12/12/77 y el 20/12/77.....la moratoria abarcaría hasta el 11/12/77 y luego desde el 13/12/77 hasta el 19/12/77 y luego desde el 21/12/77 y asi mes por mes cortando la moratoria de 2 a 3 veces por mes (que vendrian a ser los días trabajados y por lo tanto con aportes). O los meses en los que trabajo 1 - 2 - 3 dias se consideran meses trabajados en su totalidad?

Una vez mas muchas gracias!!
 #669317  por noelin
 
HOLA: MIRA PARA SER PRACTICA: O TOMAS LA MORATORIA EN LOS MESES Q NO TIENE SERVICIOS, O DE LO CONTRARIO LE APLICAS LA MISMA AUNQ SE SUPERPONGA, PQ SI NO ES POSIBLE Q AL LLEGAR AL TURNO TE FALTE ALGUN TIEMPO. YO LO HICE MUCHAS VECES, HAN TRABAJADO TAN POCO EN EL MES Q EN REALIDAD NO LES HACES PERDER NADA; SI TIENE TIEMPO HASTA LOS 65 HACELE UN RECO PREVIO Y VAS A LO SEGURO.