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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #668404  por Mario_
 
Despues de mucho leer me he tomado el atrevimiento de hacer un pequeño resumen para que lo lean y aporten lo que crean oportuno.

1) Sacar calver fiscal nivel 3
2) Hacer SICAM con detalle en situacion de revista de los años a comprar por moratoria 24476 (hasta 09/1993)
3) Agregar en situacion de revista los años a comprar por SDM (cero conveniente comprar los ultimos años ya que se paga menos intereses, pierdo beneficios del art. 3 ley 24476, pero se paga menos en efectivo)
4) veo en detalle de deuda del plan que aparece todo con los años del SDM, $35 de capital m{as intereses a ese momento.
5) Pago capital en entidad bancaria habilitada ($20 con formulario 102 + $23 con formulario 575).
6) Espero que me aparezca el pago del capital en el SICAM y alli calculo los intereses sober los $35, al momento que pagare los intereres, por medio de calculadora AFIP o por VEP, lo pago con formualrio 575.
7) Espero unos dias la deuda deberia ser $ 0
8) Saco turno y envio el plan
9) previa verificacion se deberia acordar.


Saludos espero comentarios
 #668424  por Mario_
 
jajaja; gracias por el comentario, ahora serias tan amable de decirme en que me equivoco.

Saludos.
 #668426  por MARIO1943
 
Mario_ escribió:jajaja; gracias por el comentario, ahora serias tan amable de decirme en que me equivoco.

Saludos.
COMO NO
EN LA FORMA DE LIQUIDAR LOS INTERESES Y PAGARLOS, TE RECOMIENDO QUE EMPIECES POR LEER LA CIRCULAR DE SDM 30/10, HACIA ADELANTE Y ADEMAS HAY MUCHOS POST RECIENTES SOBRE ESTE TEMA
 #668430  por Mario_
 
Te agradezco amabilidad.

Saudos.
 #669364  por Mario_
 
Bueno la idea es hacer un aporte al tema a ver si entendí bien:

De acuerdo a lo que lei en las circulares de anses, en la mesa de ayuda de AFIP y de la experiencia de algunos foristas; creo que el proceder es el siguiente:

1) Una vez realizada la situación de revista, se deberá hacer el formulario 102/B para el pago de $ 20 más interses resarcitorios, sobre los $20, para el pago en el mismo momento, caso contrario se generarán intereses capitalizables.

2) La diferencia de aportes se realiza con el formulario 575/B y de la misma manera se procede para efectuar el pago del capital más los intereses resarcitorios, es decir ambos conceptos se pagan al mismos momentos

(He leido por allí que se debería pagar sólo el capital, esperar unos días y pagar la deuda que arroja SICAM con el formulario 575/B, pero esto no me surge de la lectura de las circulares de ANSES ni de la mesa de ayuda de ANSES)

3) Ahora al cabo de unos días deberíamos realizar el SICAM y la deuda estará en 0, caso contrario pagar los intereses capitalizables, pero ya ahora creo más conveniente hacerlo por VEP.

Espero comentarios y Gracias.