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  • Como completar F155 y F166

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #670132  por sc
 
Hola, estoy trabajando con una pensión y me figuran deudas de centavos en períodos 3/2001 y 8/2004, en el primer caso debo abonarlo con el F166? y en el segundo con el F155? la persona desde 1999 hasta que falleció era monotributista. En el detalle del sicam me figuran los intereses que les indico en el casillero de monotributo.
Ahora bien, quiero completar los formularios ya estoy mareada....

F155
En el rubro I va el codigo 21?
Rubro II: codigo 19
Rubro III: código 51

F166
Acá tengo más dudas, ya q en algunos post vi q solo se completa el Rubro II.....
gracias!
 #670164  por sc
 
Sigo averiguando para el pago de intereses del monotributo....
F155
Rubro I: 021
Rubro II: 019
Rubro III: 051

F 166
Se completa solo el rubro II? y marco el 021, el 019 ya viene marcado y luego en subconcepto 051
El rubro I y III no los toco pero el formulario ya viene marcado en dichos rubros el concepto 019, los dejo?

y última pregunta, una vez pago hago una nueva liquidación para q de 0? reitero se trata de una pensión directa.
Gracias!
 #670387  por sc
 
refloto el post....necesito una ayudita!!!!!
 #670508  por lorenaj
 
Para el periodo 8/2004 te conviene hacerlo con CCAM (la cuenta corriente de autonomo y monotributo), es un servicio que se da de alta igual que como se da de alta el SICAM y te calcula exacto intereses resarcitorios y capitalizables, sino nunca llegas a que te de cero el SICAM.

Para el período anterior, es el formulario 166 como decis vos. Teniendo en cuenta que si el cajero pregunta es el código de monotributo 10, con una categoria que va de 1 a 7, yo siempre le dije uno y lo tomaron.

Una vez que aparezcan los pagos recalculas el SICAM para que te de cero.

Saludos
 #670515  por NORMA
 
INTERESES DEL MONOTRIBUTO

Períodos comprendidos entre el 01/11/1998 y hasta el 30/06/2004
FORMULARIO 166
Rubro I: F. 1661 (020-019-051).ojo que como formulario 166 solo a veces no te toman,es lo que me pasó a mi,luego de peregrinar me informaron que hay que aclararle al cajero 1661

Períodos desde el 01/07/2004 hasta la fecha
Intereses: con el Formulario N° 155 (1 por cada concepto), códigos:
Ø 020-019-051

SUERTE!!! *flor*
 #670516  por NORMA
 
sc escribió:
y última pregunta, una vez pago hago una nueva liquidación para q de 0? reitero se trata de una pensión directa.
Gracias!
No,no tenés que hacer una nueva liquidación,no te dará cero.Tenes que adjuntar los formularios 166-155 el día del turno. *flor*
 #670635  por sc
 
Muchisimas gracias....
Hay algo q no me queda claro, en el f 166....se completa el rubro I o el II?
 #670809  por sc
 
menos mal q me alertaron con el 1662, porque directamente en el pago facil no me lo querían tomar porque no conocían el formulario.....una vez q lo individualizó tampoco pude hacerlo ya q el cajero no tenía idea como hacerlo....por lo q pude ver de la computadora, primero solicita categoría monotributo aut: ahí va 10?
luego concepto: 19?; subconcepto: 51? y por ultimo el perido a pagar. en ningun momento el sistema pregunta el impuesto.
Ayuda a si termino de pagar 0,25!!!!!!!
gracias
 #670821  por marilo
 
HOLA SC: fijate si te sirve este texto:

CIRCULAR GP Nº 03/08
RETIRO POR INVALIDEZ Y PENSIONES DIRECTAS
SERVICIOS AUTÓNOMOS - ACREDITACIÓN DE LA CONDICIÓN DE APORTANTE CON EXISTENCIA DE DEUDA POR INTERESES
La Gerencia Previsional recuerda a todas las UDAI que en las solicitudes de retiro por invalidez y pensión por fallecimiento de afiliado en actividad, los meses en los cuales el afiliado o el causante efectuó el aporte por la actividad autónoma o como monotributista dentro del mes calendario a su vencimiento (aunque la fecha de pago fuera posterior al vencimiento pero dentro del mes respectivo a éste) resultarán computables a todos los efectos previsionales, como así también para la acreditación de la condición de aportante, aunque exista deuda por intereses que surja del SICAM de tales pagos, todo ello por aplicación del artículo 1º del Decreto Nº 460/99.
Si el titular optare por el Decreto 526/95, no resultará exigible el pago de dichos intereses para dar curso a la solicitud y trámite pertinente
 #670822  por marilo
 
HOLA SC: fijate si te sirve este texto:

CIRCULAR GP Nº 03/08
RETIRO POR INVALIDEZ Y PENSIONES DIRECTAS
SERVICIOS AUTÓNOMOS - ACREDITACIÓN DE LA CONDICIÓN DE APORTANTE CON EXISTENCIA DE DEUDA POR INTERESES
La Gerencia Previsional recuerda a todas las UDAI que en las solicitudes de retiro por invalidez y pensión por fallecimiento de afiliado en actividad, los meses en los cuales el afiliado o el causante efectuó el aporte por la actividad autónoma o como monotributista dentro del mes calendario a su vencimiento (aunque la fecha de pago fuera posterior al vencimiento pero dentro del mes respectivo a éste) resultarán computables a todos los efectos previsionales, como así también para la acreditación de la condición de aportante, aunque exista deuda por intereses que surja del SICAM de tales pagos, todo ello por aplicación del artículo 1º del Decreto Nº 460/99.
Si el titular optare por el Decreto 526/95, no resultará exigible el pago de dichos intereses para dar curso a la solicitud y trámite pertinente
 #670830  por NORMA
 
sc escribió:menos mal q me alertaron con el 1662, porque directamente en el pago facil no me lo querían tomar porque no conocían el formulario.....una vez q lo individualizó tampoco pude hacerlo ya q el cajero no tenía idea como hacerlo....por lo q pude ver de la computadora, primero solicita categoría monotributo aut: ahí va 10?
luego concepto: 19?; subconcepto: 51? y por ultimo el perido a pagar. en ningun momento el sistema pregunta el impuesto.
Ayuda a si termino de pagar 0,25!!!!!!!
gracias


No,10...no!!!!

IMPUESTO:020.....CONCEPTO: 019.......051:INTERESES RESARCITORIOS;LUEGO COMPLETAS EL PERÍODO QUE QUERES PAGAR Y MONTO ,TODO RUBRO I.

Si bien el Formulario es el 166,hay que aclararle al cajero que debe hacerlo como 1661.Esto es para pagar los INTERESES DEL MONOTRIBUTO.

Supongamos que el mes que te da deuda ,el de los $0,25 no lo necesitas,porque llegaste bien con los 30 años;como puso MARILO ;solicitas se le aplique el decreto 526/95. *flor* *flor* *flor*
 #673153  por sc
 
Por suerte pude pagar todo, volví hacer la liquidación y me arroja una deuda de 0,15 por un solo mes que aunque también lo pague no lo tomó todo....que hago? me dijeron q pida el turno asi, que lo pague y presente el pago...está bien....que no llegue a 00 la liquidación...q opinan?
 #673289  por NORMA
 
No hay problema que no te dé CERO,llevá el comprobante al turno. *suerte* *suerte*
 #673290  por NORMA
 
No hay problema que no te dé CERO,llevá el comprobante al turno. *suerte* *suerte*