Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • jubilacion

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #670594  por dragongora
 
Hola foristas: tengo una clienta a la cual le debo iniciar la jubilacion, ya liquide Sicam, y pago d 1º cuota, le saque turno y me dieron para el 8 de febrero, ella no me aviso q se va de vacaciones el 4 de febrero, puede firmarme un poder para q yo inicie el tramite :?: Muchas gracias!!! Sofia!
 #670608  por andrea1982
 
Te pregunto con todo respeto, es tu primera jubilación? Por supuesto tenés que ir con poder, aunque ella no esté de vacaciones, de que otra manera la vas a representar? Igual que en un juicio, pero es con un formulario de ANSeS, con ese poder evitás que ella tenga que moverse.
 #670643  por dragongora
 
Gracias!! es la segunda jubilacion q hago, la anterior fui con mi cliente y no necesite poder, es por eso q en mi gran ignorancia pregunte como podia hacer!! muchas gracias por responderme!!
 #670660  por varelamariac
 
no solo el poder te tiene que firmar.
llevala al anses , que te toco el turno pedi todos los formularios de jubi , que te los firme ahi y certifiquen, y que tambien lo hagan con una fotocopia del doc, asi no lo tiene que dejar
 #670695  por andrea1982
 
En Rosario se puede firmar todo en la comisaría, quizás es más fácil para la señora, y no la tenés que hacer ir hasta una UDAI a que firme.
 #670755  por arielruiz86
 
A vas con la sra sin poder (es como que va ella y vos no existis para el anses) o vas con poder y firma certificada de todos los formularios a presentar.
En mi caso, yo le diria a la sra; o se jubila o se va de vacaciones :evil: .... Opte por una u otra.....jajaja :D
 #670768  por andrea1982
 
Mmm.. no sé si todos piensan como yo, pero si yo le pago a un abogado para que me represente, pretendo que lo haga... :roll: Y, aunque creo que el abogado no es un mero tramitero, también es parte de su trabajo presentar los trámites.
O alguien llama a su cliente cada vez que se tiene que ir a notificar de algo en un juicio?
La señora no tiene que optar entre irse de vacaciones o jubilarse, la señora tiene que firmar un poder y el abogado ir con poder, si no tiene ganas de ir a ANSeS debe contemplarlo al momento de cobrar los honorarios.