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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #672127  por sog
 
Quisiera que me confirmen si puedo utiñlizar la circ 10/07 para este caso.
En el SIJP tengo aportes de una empresa desde 1970 a 1983 pero faltan 3 años intercalados, además mi cliente me dice que trabajo ahi desde 1963 a 1983. Puedo utilizar la cir 10/07 en lo que respecta a
"2) Servicios posteriores al 1/1/70 hasta el 30/6/94:
Se considerará acreditado el período laboral invocado por el afiliado sin la presentación de la certificación de servicios, siempre que figure un 35 % del tiempo denunciado por cada empleador en el informe del SIJP.
Si en el informe del SIJP tuviera un tiempo menor al 35 % del período laboral invocado, sólo se considerará acreditado el período que figure en el SIJP.
 #672152  por arielruiz86
 
Si, pero la circular 10/07 no lo he visto, por lo que transcribis ahora es la resolucion 524/08 que sustituyo el anexo 1 de la resolucion N°980/05, pero es importante leerla bien para su correcta aplicacion. Distingue tres tramos que remito a su lectura: para periodos anteriores al 31/12/77, del 01/01/78 al 30/06/94, y para periodos posteriores al 01/07/94.
 #672167  por sog
 
Gracias por tu pronta respuesta.