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  • COMPRAR LOS 30 AÑOS POR COD 307

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #671696  por Romy-law
 
Estimados foristas: estuve en AnSES Bahía Blanca, y realmente me acobardaron con la compra de aportes por SDM por el tema de la verificación, dicen que están muy estrictos porque se ha prestado a abusos el tema del SDM.
Qué les parece si compro los 30 años por Cód. 307? desde los 18 años hasta sept./93 y desde 04/1999 hasta 06/2004.- El sistema de pago es el mismo... hasta sept./93 por moratoria y el resto de contado previo al turno en ANSES=??
Es la primer liquidación que hago y su ayuda me sería de suma utilidad!..
Gracias!!
 #671699  por FLORCITA73
 
hola:

Ya calculaste lo que sale pagar esos años por fuera de la moratoria ?

Debe ser mucho....
 #671704  por molinag
 
postea el valor de los 5 años y 2 meses , y a lo mejor cuando lo leas, te acobardas mas que con el sdm.... :oops: :oops:
 #671718  por dramamita
 
hola foristas

seria barbaro hacer el tramite todo por codigo 307................pe pe peroooooooo nadie tiene tanto dinero!!!!!!!!!!!!!!

Romy si es el primer tramite que presentas te digo que el SDM lo utilizamos como ultima allternativa, como la opcion mas economica para que nuestros clientes puedan jubilarse pero es complicado el tema de la verificacion, lee la cantidad de post que se han escrito sobre el tema y cualquier cosita nos preguntas.
4
Ale
 #672179  por FLORCITA73
 
sanher escribió:Florcita73, vos que estas conectada ¿coincidis conmigo o coincidis con Dramamita?
hola Sahner:

Tal vez estaba conectada, pero ausente...

Me quede pensando en lo que preguntabas.
Nos enganchamos en lo de la compra de periodos por fuera de la moratoria .
Por eso , por lo menos yo. empecé a imaginarme lo que costaban esos periodos.
Antes de la 555 compraba periodos posteriores al 9/93, pagandolos de contado ( para los que no tenian inscripcion). Cargaba todo en la situacion de revista ( hasta 9/93 para pagar por moratoria y los periodos posteriores para pagar de contado con la misma categoria ).
Pero para los no inscriptos esos periodos posteriores al 9/93 no coincidirian con el puc. Y es justamente lo que controlan las Udais a partir de la 555....
No lo habia tenido en cuenta... entonces ya no se puede comprar y pagar de contado... a menos que tengas inscripcion....

Es lo que decias ?.......
 #672197  por dramamita
 
hola sanher

de ninguna manera se puede dar el alta retroactivaa !!!!!!!!! jamas dije eso. En varios post creo haber opinado sobre el tema.

Cuando opine el post de la forista en realidad pense lo caro que resulta pagar otra categoria que no sea SDM..... cualquiera que domina un poquito el tema previsional sabe que sin inscripcion contemporanea no podes pagar nada.......y que para solicitar el beneficio tenemos que atenernos a la normativa vigente de la cual la resol. 555 es parte
saludos
ale