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  • Divorcio de comun acuerdo

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #671921  por Rasty
 
Buenas noches a todos!
Soy nueva en la profesión y necesito ayuda!!
Tengo un divorcio, los ex conyugues están de acuerdo en hacerlo de manera conjunta, no hay bienes a dividir, si dos hijos en común. Se dan los extremos del 214 inc. 2 y del 215:
Por cual es mas conveniente y mas rápido iniciarlo?
Puedo patrocinar a las partes?
Muchas gracias!!
Saludos.
 #672168  por 300861
 
yo hice uno con las mismas condiciones que comentas y lo hice por el 215.... es más conveniente y rápido.... sólo tendrás una sola audiencia.-....si yo patrociné a las dos partes....averiguate su en tu jurisdicción se permite porque hay juzgados y juzgados... suerte.- un saludito.-
 #672316  por Rasty
 
Gracias!!!!
Yo lo tengo que hacer en capital...vos en que jurisdiccion lo hiciste?...me van a pedir que reconvierta en 214??
Beso.