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 #672705  por HERNAN3192
 
Hola a todos, queria saber si alguno me puede ayudar con lo siguiente. en un benficio de litigar en capital en el primer proveido me salio lo siguiente y no lo entiendo:
Hágase saber el inicio del presente a la
contraria en los términos del art. 80 CPCC.
Notifíquese.-

esto quiere decir por lo que entiendo que les mande una cedula a las partes? y al representante del fisco? a que dirección el fisco? pensaba que al fisco solo le corren vista. gracias.
 #672727  por kantaclaro
 
Con la contraria se está refiriendo a la contraparte contra quien se litiga en el principal; y sí, notificás dicho proveído al domicilio que habrás denunciado. Saludos
 #672773  por HERNAN3192
 
gracias, eso me iomagine lo que ocurre es que un colega me comento que el juzgado lo realiza de oficio y entre en dudas, cunado se habla de representante de fisco, nos referimos a la afip no' y en tal caso a que dirección mando la cedula a casa central. gracias.
 #672811  por kantaclaro
 
Entiendo que la notif. es sólo a la contraria, NO al agente fiscal (pgta en el juzg.). Saludos
 #673140  por HERNAN3192
 
a si lo hice, solo a la contraria. Estoy seguro que tramita por proceso ordinario, es así? lo pregunto por las dudas, a ver si me duermo y tengo problemas. gracias