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  • notificacion sin copias: como subsanar.

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 #639582  por mariana0127
 
Notifique 1 decreto en juicio de desalojo por tenencia precaria sin copias, se presenta abogada, constituye domiclio y solicita se suspendan terminos, se deceta que se suspenden terminos hasta que este notificado en forma el proveido referido (1º decreto): o sea, tengo que vover a notificar a los demandados con las referidas copias? pero mi duda es respecto al domicilio si corresponde al real o al constituido por la abogada en el escrito presentado?? yo creo que de nuevo al real, si alguien me contesta mejor!! Saludos.
 #673647  por mariana0127
 
Uhh me mande una, no es crucial pero me atrasa todo; la secretaria me bocha la notificación al domicilio real, sostiene que corresponde al constituido. Me admite que está discutido el tema, pero que en el juzgado se adopta la postura de notificar en este caso al domicilio constituido! Chanfles!
 #674515  por GLINUX0
 
No se en cual jurisdiccion estas litigando, pero la mayor parte de los CPCC coinciden en que debes de notificar a los dos lugares: inmueble a desalojar y domicilio constituido, pues la finalidad es prevenir a los ocupantes del inmueble que la sentencia de desalojo se hara erfectiva no solo contra ellos, sino contra cualquiera que este ocupando la casa.-