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  • PRODUCTOR DE SEGUROS RETIENE PRIMA Y NUNCA LAS RINDE

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 #178885  por miltriti
 
estimados, la cuestion es corta, el productor de seguros de mi cliente retuvo todos los pagos que se le hicieron para pagar las polizas y nunca las rindio a la compañia por lo que ésta dio por caduca la cobertura al asegurado por falta de pago en julio de 2007.

En noviembre de 2007, mi cliente choca el auto y recien se da cuenta de que su poliza estaba vencida por culpa de este picaro productor

ahi va la pregunta.... estuve leyendo la ley 20091, y habla de la retencion indebida de prima y la tipifica como delito en el art. 60... Retención indebida de primas.

ARTICULO 60.- Los productores, agentes y demás intermediarios que no entreguen a su debido tiempo al asegurador las primas percibidas, serán sancionados con prisión de uno (1) a seis (6) años e inhabilitación por doble tiempo del de la condena


ahora configuraría además otro delito lo que ha hecho este productor???

mi cliente tiene recibos firmados por esta productor, ESTO NO SERIA ESTAFA??

si pueden evacuar esTa duda o quieren aconsejarme o guiarme de alguna meneracseria de mucha utilidad ya que no manejo el derecho penal como ustedes, sino que me dedico al derecho civil.
popr favor denme su opinion al respecto y si tienen alguna jurisprudencia al respecto sera agradecida con mis más distinguida consideracion...
muchas gracias y espero puedan ayudarme con este tema..
 #179142  por Moniluj
 
Hola! Mirá yo creo que una solución es aplicar las reglas del concurso (real, ideal, aparente) dependerá de las penas de la retención indebida y de la estafa. Igualmente me parece que la regla de la especialidad se ajusta mas a la situación que planteás, tenés un artículo especialmente pensado para los productores de seguros. Ese es el que hay q aplicar. Incluye además la pena accesoria de inhabilitación (que se olvide de obtener una probation).
De todas formas, revisá el tema de la rescisión del contrato de tu cliente porque la ley de seguros toma en cuenta el tiempo en que el pago se hizo al productor, es decir, si le pagó a él es como si le hubiera pagado a la aseguradora y debe cubrirlo. Como existe responsabilidad solidaria, la aseguradora cubre y le reclama ella al productor, ¿se entiende, no?
Ahora si haciendo averiguaciones descubrís que este productor ha hecho varias veces eso con diversos clientes, yo me jugaría por aplicar el artículo específico + la estafa en concurso real, porque una cosa es retener dinero de un cliente y otra hacer eso sistemáticamente con toda persona que contrate con él.
Bueno, tené en cuenta que es una opinión, veamos que opinan otros.

 #179246  por miltriti
 
gracias por la prontitud de tu respuesta.... ha sido de gran ayuda... tendre que ver , luego de que me traiga la documentacion, recibos etc, si esta persona ademas firmaba recibos oficiales de la compañia o si los hacia en forma personal, ya que la situacion variaria en funcion de eso en cuanto a la resp.civil de la aseguradora..
igualmente espero mas opiniones que me sigan orientando ... muchas gracias por tu respuestas...